miércoles, abril 24

Absolución de Milani: dos jueces avalaron un arresto sin orden judicial en la dictadura

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Justifican los procedimientos bajo las leyes 20.840 y 21.460, esta última firmada por el genocida Jorge Videla

Los fundamentos de la absolución del ex jefe del Ejército general César Milani por la represión ilegal en La Rioja -conocidos esta semana- abrieron un debate sobre si las detenciones ordenadas por jefes militares durante la dictadura bajo el amparo de la ley de seguridad nacional 20.840 fueron legales y el rol que tuvieron los oficiales jóvenes en esos hechos dentro de la cadena de mandos, entre otros puntos polémicos.

El ex jefe del Ejército de Cristina Kirchner fue absuelto el 9 de agosto pasado por el tribunal oral federal de La Rioja por voto dividido.

Julián Falcucci y Jaime Díaz Gavier, lo absolvieron por todos los cargos que estaba acusado es decir allanamiento ilegal, privación ilegítima de la libertad y tormentos contra Pedro y Ramón Olivera.

Según detalla el diario Clarín, al conocerse los fundamentos del fallo, se supo que Enrique Lilljedahl lo consideró culpable por el allanamiento y la detención de Olivera padre y pidió una condena de cuatro años para el militar protegido por la titular de las Madres de Plaza de Mayo, Hebe Bonafini, y una inhabilitación para ejercer cargos públicos por el doble de tiempo.

La fiscal del juicio Virginia Carmona había adelantado su apelación a la sentencia a la Cámara Nacional de Casación Penal. Mientras que Ramón Olivera denunció a los jueces Falcucci y Gavier por mal desempeño ante el Consejo de la Magistratura.

El voto disidente de Lilljedhal revela por donde vendrán seguramente esas objeciones. Este juez dio por probado que el entonces subteniente Milani participó, en la madrugada del 12 de marzo de 1977, del “allanamiento (sin orden escrita de autoridad judicial competente, ni de ninguna autoridad) en el domicilio” de los Olivera en La Rioja y la detención ilegal del padre quien luego fue ferozmente torturado.

Al contrario de sus colegas, el juez le dio al testimonio de Ramón Olivera, en sintonía con lo sentenciado en otros juicios de lesa humanidad, “un formidable valor probatorio puesto que es extremadamente rico en detalles.

Por otra parte, es importante destacar que gran parte de los datos sustanciales fueron corroborados por prueba documental y testimonial”. Sus colegas Falcucci y Gavier habían señalado una serie de contradicciones.