AUH de la ANSES en qué casos y cómo hacer el cambio de titularidad

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Las personas con hijos o hijas a cargo que no estaban habilitadas a pedir la titularidad de las asignaciones, ahora pueden solicitarla y empezar a recibirla todos los meses. Así es el trámite.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) habilitó el cambio de titularidad de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y, de este modo, las personas con hijas e hijos a cargo que antes no podían acceder al beneficioporque el otro progenitor poseía un Crédito ANSES, pueden solicitarla y empezar a recibirla todos los meses.

A fin de garantizar que los niños y las niñas “tengan la prestación que les corresponde”, según comunicó la ANSES, la medida recae sobre “mamás que se hacen cargo de hijas e hijos y cuyos padres cobran la asignación, pero no les transfieren el dinero correspondiente”.

Para cambiar la titularidad de la AUH es necesario presentarse en una oficina de la ANSES con DNI y habiendo solicitado turno previamente. Para más información, se recomienda ingresar a la página web de organismo: www.anses.gob.ar.

ANSES: cuándo puede realizarse el cambio de titularidad de la AUH

  • Si los progenitores se encuentran separados y quien cobra la asignación familiar no vive con las hijas o los hijos.
  • Si la madre o el padre desconoce dónde está el otro progenitor y no cuenta con embargo o sentencia judicial previa.

La persona a cargo de las hijas o los hijos asume el compromiso de la devolución pendiente del Crédito ANSES para acceder al cobro de las asignaciones. Las cuotas se debitarán de forma automática todos los meses hasta completarse el pago.

Al momento de comunicar esta importante modificación en la AUH, la directora ejecutiva de la ANSES, Fernanda Raverta, explicó: “Tomamos la decisión de cambiar esta normativa porque consideramos una injusticia que las mamás, que son las que se hacen cargo de sus hijas e hijos, no pudieran administrar ese recurso que es de las nenas y los nenes. A través de este trámite, el Estado garantiza que la asignación les llegue a quienes realmente les corresponde”.

Qué es la Asignación Universal por Hijo para Protección Social

Es una suma mensual que se paga por cada hijo o hija menor de 18 años que pertenece a un grupo familiar sin trabajo o que se desempeña en la economía informal. No hay límite de edad para cobrarlo si el hijo o la hija es una persona con discapacidad.

El 80% se cobra mensualmente y para percibir el 20% restante y seguir cobrando, una vez por año hay que presentar la Libreta Asignación Universal que acredita asistencia a la escuela y controles de salud.

Montos en pesos de AUH y por Embarazo. Zona 1: personas que residen en La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Patagones.
Montos en pesos de AUH y por Embarazo. Zona 1: personas que residen en La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Patagones.

Las personas beneficiarias de la AUH ANSES sumarán al haber mensual de $ 5100 (neto) de mayo 2022, la recarga de saldo con aumento del 50% de la Tarjeta Alimentar del Ministerio de Desarrollo Social.

Además, podrán complementar con el subsidio (también con suba) para la compra de la garrafa social (Programa Hogar) y el pago del Complemento Leche del Plan 1000 Días, dependiente del Ministerio de Salud.

ANSES: cuánto se cobra en mayo de 2022

  • AUH ANSES: $ 5100.
  • Programa Hogar para AUH ANSES: $ 828.
  • Tarjeta Alimentar para AUH ANSES: $ 9000 (1 hijo/a menor de 14 años); $ 13.500 (2 hijos/as menores de 14 años); $ 18.000 (3 ó más hijos/as menores de 14 años).
  • Complemento Leche del Plan 1000 Días para AUH ANSES: $ 800.
  • Primera cuota del bono Refuerzo de Ingresos: $ 9000.

Cuáles son los requisitos para cobrar la AUH de la ANSES

  • Los padres o madres deben estar desocupados, o ser trabajadores no registrados (sin aportes), o dedicarse al servicio doméstico.
  • Los hijos o las hijas no deben tener trabajo ni estar emancipados o emancipadas ni recibir alguna de las prestaciones previstas en la ley de asignaciones familiares.
  • Los hijos o las hijas y los padres o las madres o tutor deben ser argentinos y residir en el país. Si son extranjeros o naturalizados, deben tener dos años de residencia en el país.
  • Se debe probar el cumplimiento de los controles sanitarios y vacunación de los hijos o las hijas hasta los 4 años de edad. Desde los 5 y hasta los 18 años, se debe constatar también la concurrencia a establecimientos educativos públicos.