Así lo definió este viernes el juez federal Federico Villena. De acuerdo con la resolución, no se encontraron pruebas suficientes para procesarlos por el delito de financiamiento de actividades terroristas.
El juez federal Federico Villena autorizó este viernes la salida del país de los cinco tripulantes del avión venezolano-iraní de la firma Emtrasur por “falta de pruebas firmes” para procesarlos por el delito de financiamiento de actividades terroristas.
De acuerdo con la resolución dada a conocer en horas de la tarde, no se encontró nexo suficiente para ordenar el procesamiento como tampoco para disponer el sobreseimiento de Víctor Manuel Pérez, Mario José Arraga Urdaneta, Abdolbaset Mohammadi, Saeid Valizadeh y Gholamreza Ghasemi.
“Disponer el levantamiento de la prohibición de salida del país respecto de los imputados Gholamreza Ghasemi, Abdolbaset Mohammadi, Saeid Valizadeh, Víctor Manuel Pérez y Mario José Arraga Urdaneta, medida que se comunicará a través del Sistema Federal de Comunicaciones Policiales (SIFCOP) procediéndose a su retransmisión inmediata a las fuerzas de seguridad”, apunta el inciso b. Además, el magistrado instó a la Dirección Nacional de Migraciones a proceder con la devolución de los documentos de viaje y dejó sin efecto el secuestro de la aeronave.
La tripulación llegó el pasado 6 de junio al Aeropuerto Internacional de Ezeiza en un vuelo de la compañía aérea Emtrasur. Una vez en el suelo argentino, se disparó el aviso de alerta por el registro que recaía sobre la flota, al haber sido utilizada por empresas iraníes para la realización de tareas de logística de organizaciones terroristas y luego, vendido a Venezuela.
Villena ordenó también un exhorto internacional a las autoridades de Singapur “con el objeto de solicitar más información” sobre la cuenta 601433642201 (USD) del Banco Oversea Chinese Bankimg Corporation Limited y cuyo titular sería PERMIT 2 FLY PTE. LTD, Código Swift/BIC Code: OCBCSGSGXXX, datos que se desprenden del hallazgo de un ticket dentro de uno de los dispositivos electrónicos incautados.
En otro tramo, el magistrado requirió a la empresa el registro de los vuelos históricos llevados a cabo mediante la aerolínea con el avión matrícula YV3531 “desde su vuelo inicial”, así como también el aporte de “toda documentación atinente a la carga que fue transportada” y “el detalle la nómina de la tripulación”.
El fallo de este viernes se continúa con la resolución dictaminada por la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata del 13 de septiembre pasado, en la cual también se había autorizado la salida del país de 12 tripulantes de la flota, al tiempo que se ordenó “definir en diez días” la situación procesal de los otros siete.
Por su parte, la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA) cargó contra la decisión de la Sala III del Tribunal, integrada por los jueces Carlos A. Vallefín y Roberto Lemos Arias, al advertir que “no hay un solo elemento que indique que el vuelo fue de instrucción”.
“Tiene casi 10 mil contactos en su teléfono. ¿No tendríamos que saber quiénes son esos contactos?”, lamentó Marta Nercellas, abogada de la asociación. “Hay información que lo vincula al transporte de armas o de personas”, insistió sobre Gholamreza Ghasemi, el piloto del Boeing 747-300.