viernes, marzo 29

Bavio deberá volver a fallar sobre el pedido para frenar la ley del aborto

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El magistrado deberá pedir un informe al Ministerio de Salud de la Nación. Esta cartera planteó a su vez que el Juzgado Federal de Salta no es competente en la materia.

El lunes último la Sala II de la Cámara Federal de Salta resolvió dejar sin efecto el fallo del juez federal Julio Leonardo Bavio, quien rechazó hace 20 días la medida cautelar presentada por un grupo de ciudadanos que buscaban frenar la aplicación de la ley N§ 27.610 de acceso a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE).

Si bien esta se radicó originariamente ante el Juzgado Federal de Salta Nº 2, intervino el Juzgado Federal Nº 1 durante la feria judicial.

Los jueces de Cámara le ordenaron a Bavio que solicite un informe al Ministerio de Salud de la Nación y que luego dicte una nueva resolución.

La orden de la Cámara se basa en la ley Nº 26.854, norma que indica cómo resolver medidas cautelares que involucran a organismos de gobierno y establece en su artículo cuarto: «El juez, previo a resolver, deberá requerir a la autoridad pública demandada que, dentro del plazo de cinco (5) días, produzca un informe que dé cuenta del interés público comprometido por la solicitud».

El 20 de enero último el titular del Juzgado Federal Nº 1 habilitó la feria judicial para rechazar la medida cautelar que buscaba suspender la ley de IVE o, si esta siguiera vigente, que se le brinde a la mujer información sensible sobre el estado del embarazo, el método que se utilizaría y las «consecuencias psicológicas» que podría tener el aborto.

Por otra parte, el Ministerio de Salud de la Nación planteó el 2 de febrero que el Juzgado Federal de Salta no es competente para dictar ninguna resolución en esta causa. «Entendemos que existe un conflicto de competencia entre el Juzgado Federal N´ 2 de Salta y la Justicia nacional en lo Contencioso Administrativo Federal», señalaron los representantes de la cartera sanitaria en un escrito que se presentó ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

Expresaron que de esta manera buscan «garantizar la seguridad jurídica, el Estado de derecho y evitar que se propaguen actos de gravedad institucional que puedan generar responsabilidad internacional del Estado argentino ante organismos de protección de los derechos humanos».

«Estamos en una instancia de definiciones de competencia», expresó la abogada Mónica Menini, referente de la campaña por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito en Salta, quien garantizó que en la provincia las interrupciones del embarazo por causales o voluntarias se siguen realizando de acuerdo con los protocolos vigentes. Advirtió que el reciente fallo de la Cámara Federal que le ordena a Bavio volver a resolver se refiere a cuestiones procesales y no de fondo: «Nada se debate sobre la IVE, que sigue vigente en Salta».

Por consultas o para solicitar la práctica, hay que comunicarse al 0800-222-3444.

Acción de inconstitucionalidad

En diciembre del año pasado unos nueve ciudadanos salteños presentaron una acción declarativa de inconstitucionalidad en contra del protocolo nacional de interrupción legal del embarazo (ILE) para víctimas de violación o mujeres cuya salud corre riesgos si continúa la gestación. Este instrumento estaba vigente desde diciembre de 2019 y la Provincia nunca adhirió.

Entre los demandantes había tres diputados provinciales -Gladys Moisés, Cristina Fiore Viñuales y Andrés Suriani- y referentes «provida» como René Castellón y Fabio Zerpa, entre otros, bajo el patrocinio del abogado José Durand Mendioroz y constitucionalistas como Jorge Vanossi, Rodolfo Barra, Alberto Bianchi, Estela Sacristán y Pedro Javier María Andereggen.

«Entendíamos que el protocolo miraba solo una parte, la de la mujer, pero se olvidaba de la persona por nacer que, a nuestro entender, tiene protección constitucional a través de tratados como el Pacto de San José de Costa Rica y la Convención de los Derechos del Niño», expresó Fiore.

Mencionó que, para ellos, el protocolo ILE tenía un agravante: «No hay límite temporal para el aborto ni para el método abortivo». Consideró que es incorrecto que las menores de 18 años puedan solicitar la práctica sin acompañamiento de un familiar y que las personas con discapacidad puedan hacerlo con un allegado, «que puede ser su violador».

“Hasta la última instancia” contra la aplicación de la IVE

Cristina Fiore dijo que el pedido de inconstitucionalidad sigue vigente.

Tras la sanción de la ley Nº 27.610, a fines de diciembre del año pasado, el grupo que se oponía al protocolo para el aborto cuando el embarazo es producto de una violación o pone en riesgo la vida de la mujer extendió el pedido de inconstitucionalidad a la norma aprobada en el Congreso e interpuso una medida cautelar para que el Poder Judicial tomara disposiciones de manera rápida antes de expedirse sobre el fondo de la cuestión.

Tras el fallo del juez Bavio, que rechazó la medida cautelar, apelaron a la Cámara Federal, que esta semana decidió que la causa vuelva a primera instancia para que el magistrado dicte una nueva resolución.

Cristina Fiore aseguró que “el pedido de inconstitucionalidad sigue vigente y sobre esto se tiene que expresar la Justicia”. La diputada dijo que llegarán hasta la última instancia para que no siga vigente la IVE: “Nosotros consideramos que esta ley no es justa y resolvimos recurrir a la Justicia porque, a nuestro entender, la ley es inconstitucional”.

“Es la herramienta que tenemos para defender lo que creemos que se ataca, que es el derecho a la vida de la persona por nacer”, explicó y mencionó que a lo largo de la historia argentina muchas leyes o partes de ellas se declararon inconstitucionales.

En 2018, Fiore era senadora nacional cuando el Congreso de la Nación resolvió rechazar la legalización de la IVE. Su voto fue en contra del proyecto de la Campaña por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito.