viernes, octubre 18

Blanqueo de capitales:el proyecto que enviará Massa alCongreso para tratar en sesiones extraordinarias

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El ministro de Economía impulsará el proyecto de blanqueo de capitales 2023 tras haber firmado el acuerdo de cooperación fiscal automática con Estados Unidos: sujetos y bienes incluidos y excluidos, alícuotas, alcance de la polémica figura del colaborador y el premio para los contribuyentes cumplidores, serán algunos de los principales ejes.

El ministro de Economía, Sergio Massa enviará el proyecto de blanqueo de capitales al Congreso la semana próxima. “Ya enviamos a Presidencia para giro al Congreso el proyecto de ley de exteriorización que surge del compromiso por el Fatca”, afirmó el funcionario.

“La idea es que sea girado semana que viene al Congreso e incluido en el temario de extraordinarias”, indicó Massa. Se trata del proyecto de “Declaración Voluntaria del Ahorro Argentino no Exteriorizado”.

¿Quiénes podrán participar?
Las personas humanas, las sucesiones indivisas y los sujetos comprendidos en el artículo 53 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, inscriptas o no ante la AFIP.

¿En qué plazos?
Podrán declarar de manera voluntaria y excepcional ante ese organismo, la tenencia de bienes en el país y en el exterior, en las condiciones previstas en esta norma legal, dentro de un plazo que se extenderá desde su entrada en vigencia de la ley y hasta 270 días corridos.

¿Qué bienes se podrán declarar?
Tenencia de moneda nacional y/o extranjera en el país; tenencia de moneda extranjera en el exterior; activos financieros del país o del exterior (acciones, valores representativos y certificados de depósito de acciones y demás valores, cuotas y participaciones sociales -incluidas cuotapartes de fondos comunes de inversión y certificados de participación de fideicomisos financieros). También, “criptoactivos, criptomonedas, monedas digitales o instrumentos similares, títulos, bonos y demás valores y todo tipo de derecho tanto del país como del exterior, susceptible de valor económico”. A su vez, se incluyen inmuebles en el país y/o en el exterior; otros bienes, incluyendo créditos.

¿Pueden participar personas con causas judiciales?
Si, en la medida que haya condena firme “con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley”, se explicó.

¿Qué condición exige el blanqueo?
Que las personas que se acojan al régimen renuncien a cualquier planteo judicial ante el Estado por causas relacionadas a temas tributarios.

¿Cómo operará la figura del colaborador?
-En el capítulo más polémico de este proyecto, se incorporar en el Régimen Penal Tributario “el Acuerdo de Colaboración el cual constituye un mecanismo para que la AFIP obtenga información de cualquier sujeto residente o no, en la Argentina, que le permita la detección y/o localización tanto de bienes no declarados, en el país y/o en el exterior, como de maniobras que tengan como objetivo algunos de los delitos tipificados en el presente Régimen Penal Tributario”. De este modo, “cualquier sujeto residente o no, en la Argentina estará legitimado para presentar una solicitud de inicio de un Acuerdo de Colaboración” bajo la competencia de la AFIP y el Ministerio de Justicia.

“A los efectos de la presente ley, gozarán de los beneficios que a tales fines establezca la reglamentación, conforme la condición tributaria que revistan”
Estas personas gozarán de inmunidad, deberán aportar pruebas fehacientes, tendrán una recompensa monetaria y no podrán difundir a terceros esta información. Si aportan datos falsos, pueden recibir penas de prisión.

¿Habrá premio para los cumplidores?
Sí; la ley indica que los contribuyentes cumplidores, “a los efectos de la presente ley, gozarán de los beneficios que a tales fines establezca la reglamentación, conforme la condición tributaria que revistan”. Temas relacionados: