Según las medidas del Banco Central, los pasajes y servicios turísticos en el exterior pasarán a estar afectados por el nuevo régimen de percepción del Impuesto a las Ganancias del 35% desde este 16 de septiembre. Esto incluye la adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo –mayoristas o minoristas– y servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país.
Como sucede con el impuesto PAIS, para estas operaciones, aunque para los consumidores sean facturadas en pesos, se requiere acceder a dólares para poder cancelar la compra. Solo se evitan el impuesto y la percepción si la facturación y el pago se hacen en dólares.
“Cuando se compra un ticket aéreo al exterior, el pasaje se emite en pesos y se paga en pesos con el impuesto PAIS. Ahora va a corresponder la percepción de Ganancias sobre la misma base del impuesto. Si lo emiten en dólares y lo pagás en dólares, no corresponden ni el impuesto ni la percepción del 35%”, explicó el tributarista Sebastián Domínguez, socio del estudio SDC Asesores Tributarios.
Para los que no son contribuyentes de ninguno de estos dos impuestos, se va a poder pedir a la AFIP la devolución de las percepciones una vez finalizado el año calendario. Es decir, en enero 2021 se puede pedir la devolución de las percepciones de 2020.