Cuarentena: autorizan a menores de 12 años a hacer compras junto a uno de sus padres

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Así lo dispone la Resolución 262 que lleva la firma del ministro de Desarrollo Social y publicada este viernes en el Boletín Oficial.

Cuarentena: autorizan a menores de 12 años a hacer las compras junto a uno de sus padres
La decisión fue publicada este viernes en el Boletín Oficial.

De cara a la extensión de la cuarentena, el Gobierno de Alberto Fernández autorizó a los padres que tengan hijos o hijas, de hasta 12 años, a realizar las compras acompañados por ellos. 

La medida, que se publicó en el Boletín Oficial este viernes, a través de la Resolución 262/2020 del Ministerio de Desarrollo Social habilita a “las y los progenitores o la persona adulta responsable”  a ingresar con sus “hijos e hijas, o niños o niñas que se encuentren a su cargo, de hasta 12 años de edad a los comercios de cercanía habilitados para funcionar”.

No obstante, el Ejecutivo aclaró que los padres podrán ser acompañados por los menores “siempre que no puedan dejarlos en el hogar al cuidado de otro adulto responsable”.

La nueva resolución tiene lugar tras la polémica que se generó en torno a varios comercios que prohibieron el ingreso de menores que acompañaban a sus padres con el objetivo de mantener el distanciamiento social sugerido por las autoridades sanitarias.

Los menores podrán salir a hacer compras siempre y cuando no puedan quedar al cuidado de otro adulto responsable

Al respecto, desde el Poder Ejecutivo manifestaron que hubo “diversas interpretaciones que han sido erróneas y han devenido en prácticas discriminatorias respecto de niños y niñas, así como de sus progenitoras, progenitores y cuidadores que se han visto impedidos de realizar algunas compras y trámites imprescindibles en establecimientos en las inmediaciones de sus hogares”.

Así las cosas y para evitar dobles interpretaciones, la cartera que conduce el ministro Daniel Arroyo, consideró que “deviene necesario precisar que en caso de familias que no tengan la posibilidad de dejar a niños o niñas de hasta doce años de edad, de acuerdo con el distingo efectuado por el artículo 25 del Código Civil y Comercial de la Nación respecto de las personas menores de edad, al cuidado de otro adulto responsable en ocasión de concurrir a los comercios de cercanía que se encuentran habilitados para funcionar, corresponde permitir su ingreso a dichos establecimientos, en compañía de los niños y las niñas a su cargo”.

Video: Fuente TN