El decreto que firmó Alberto Fernández para establecer la restricción nocturna

0
348
Hoy en conferencia de prensa el jefe de Gabinete brindó detalles sobre la medida que cada provincia aplicará según su condición epidemiológica Este mediodía Santiago Cafiero, Matías Lammens y Carla Vizzoti brindaron detalles sobre la restricción de circulación que entrará en vigencia a partir de esta noche hasta el 31 de enero en todo el país y otorgará facultades a los gobernadores para administrar la prohibición en cada provincia. Ayer desde el Gobierno adelantaron la firma del decreto que hoy dispondría para todo el país y de manera obligatoria un toque de queda sanitario entre las 23 y 6 horas para poner un freno a la ola de contagios de coronavirus. “En atención a las condiciones epidemiológicas y a la evaluación de riesgo en los distintos aglomerados, departamentos o partidos de la Jurisdicción a su cargo, las autoridades Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán dictar normas reglamentarias para limitar la circulación por horarios o por zonas, con el fin de evitar situaciones que puedan favorecer la propagación del virus SARS-CoV-2″, expresa el decreto reglamentario.

“La única intención que tengo es evitar que el COVID-19 nos complique aún más la vida. Entonces, como hubo reparos respecto a mi propuesta original, voy a firmar mañana un decreto reglamentario que establece los requisitos técnicos que cumplidos traslada a los gobernadores la responsabilidad de restringir las actividades y la circulación nocturna”, dijo ayer el presidente desde la residencia de Olivos.

El cambio en la medida original se habría visto impulsado por el descontento y la resistencia proveniente de las gobernaciones de Córdoba, Mendoza y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.