viernes, marzo 29

El Gobierno confirmó la prórroga del congelamiento de alquileres y la suspensión de desalojos

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La ministra de Desarrollo Territorial y Hábitat, María Eugenia Bielsa, aseguró que el objetivo es proteger “a quienes van a salir más golpeados de esta crisis”.

El Gobierno confirmó la prórroga del congelamiento de alquileres y la suspensión de desalojos
El Gobierno confirmó la prórroga del congelamiento de alquileres y la suspensión de desalojos

En plena crisis económica profundizada por los efectos de la pandemia, la ministra de Desarrollo Territorial y Hábitat, María Eugenia Bielsa, ratificó la vigencia de los decretos que congelan el precio de los alquileres y suspenden los desalojos hasta el 31 de enero de 2021.

La decisión, según explicó la funcionaria, tiene como principal objetivo “proteger a quienes van a salir más golpeados de esta crisis”.

Mediante los Decretos de Necesidad y Urgencia 319 y 320, el Gobierno de Alberto Fernández dispuso el congelamiento de los valores vigentes al 30 de marzo. Además, la medida establecía que las deudas producidas por falta de pago se pagarían a partir de octubre en 3 cuotas, con intereses compensatorios, pero sin penalidades.

Ahora, Bielsa remarcó que el decreto 766/2020 publicado el 25 de septiembre en el Boletín Oficial, prorrogó a su similar anterior, el DNU 320, hasta el 31 de enero de 2021 para “llevar tranquilidad a miles de familias que vieron afectados su ingresos en medio de la pandemia”.

Los alquileres quedan congelados hasta enero de 2021

En lo que respecta a los inquilinos que no pueden abonar el alquiler, deberán afrontar sus deudas a partir de febrero en tres o seis cuotas. No obstante, detalló que podrán aplicarse intereses compensatorios, pero no punitorios ni moratorios, ni ninguna otra penalidad.

Además, la funcionaria aseguró que desde su Ministerio realizan reuniones periódicas con entidades del sector para poder monitorear el impacto de los decretos y la aplicación de la nueva ley de alquileres.

Los decretos prorrogados por el Gobierno alcanzan a viviendas únicas urbanas o rurales, habitaciones en pensiones, hoteles o alojamientos similares, contratos vinculados a alquileres para actividades productivas, culturales y/o comunitarias, y a inmuebles alquilados por profesionales autónomos para el ejercicio de su profesión, entre otros.