martes, abril 23

El Gobierno prorrogó la ley que suspende los desalojos de tierras indígenas

0
238

La disposición que suspende los desalojos de tierras indígenas vencía este martes y fue oficializada a través del Boletín Oficial por cuatro años más. Su renovación aún está pendiente de la aprobación del Congreso.

El Gobierno prorrogó la ley que suspende los desalojos de tierras indígenas

Prorrogan la ley que suspende los desalojos de tierras indígenas.

A través del Decreto de Necesidad y Urgencia 805/2021 publicado este jueves en el Boletín Oficial, el Gobierno prorrogó por cuatro años más la ley que suspende los desalojos de las tierras indígenas.

La medida, que fue firmada por el presidente Alberto Fernández y todo el gabinete, prorrogó los plazos de la emergencia territorial indígena hasta el 23 de noviembre de 2025. La norma vencía el próximo martes y su renovación aún está pendiente de la aprobación del Congreso.

La disposición que suspende los desalojos de las tierras indígenas fue oficializada a pocos días de que caduque su última renovación y a pesar de que el 28 de octubre pasado, el Senado aprobó un nuevo proyecto de ley disponiendo la prórroga de los plazos de la Ley de emergencia territorial.

La propuesta aún está pendiente del tratamiento en Diputados.El Ejecutivo indicó en las consideraciones que “mientras se desarrolle el correspondiente procedimiento parlamentario, resulta imprescindible dar continuidad a la declaración de emergencia y disponer la vigencia de los plazos establecidos en los artículos 1°y 2° de la ley N° 26.160 y modificar su artículo 3º, hasta el 23 de noviembre de 2025, de conformidad con las pautas previstas en el proyecto de ley aprobado por Senado”.

Asimismo, se precisó en el artículo 2 del DNU que se suspende por “el plazo de emergencia declarada la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación” de las tierras indígenas. Y se aclara que “la posesión debe ser actual, tradicional, pública y encontrarse fehacientemente acreditada”.

Durante la vigencia del plazo de la emergencia declarada, se señala que el Instituto nacional de Asuntos Indígenas deberá realizar “el relevamiento técnico-jurídico-catastral de la situación dominal de las tierras ocupadas por las comunidades indígenas, dar intervención al Estado Provincial y los Estados Municipales implicados y en caso de corresponder a la Administración de Parques Nacionales, y promoverá las acciones que fueren menester con el Consejo de Participación Indígena”.