viernes, marzo 29

ElGobierno solicitó ante la JusticiaFederal invalidar el fallo que habilitó las clases presenciales enCABA

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La presentación fue hecha por el Procurador del Tesoro Nacional, Carlos Zannini La judicialización de la vuelta a clases no da respiro y el Gobierno no da el brazo a torcer. Luego del fallo de la Justicia porteña que habilitó las clases presenciales, la Procuración del Tesoro de la Nación (PNT), a cargo de Carlos Zannini, presentó esta mañana un planteo para que se declare la inhibitoria de la justicia porteña y la invalidez de lo decidido anoche por la Cámara en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires.

“La presentación de Zannini está, y se van a sumar otras”, advirtieron a La Nación desde Casa Rosada. El Gobierno nacional sostiene que la resolución judicial en la que se amparó el jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, no es válida ya que va en detrimento del DNU que había suspendido la presencialidad.

Desde el Gobierno esperan que la presentación de la Procuración ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal sea suficiente para frenar “hoy mismo” la autorización para que las escuelas de la ciudad en sus tres niveles sigan abiertas, a pesar del decreto firmado por el Presidente el miércoles pasado en el que se suspendieron las clases presenciales en el AMBA hasta el viernes 30 de abril inclusive.

Anoche, la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires falló a favor de la presencialidad de las clases en el distrito, al pronunciarse sobre una presentación hecha por organizaciones de docentes contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del Gobierno nacional que establece la suspensión de la actividad por 15 días en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) para contener la segunda ola de coronavirus.

El tribunal resolvió “hacer lugar a la queja interpuesta y, en consecuencia, admitir el recurso de apelación; disponer la suspensión de lo dispuesto en el artículo 2°, párrafo tercero, del DNU y ordenar al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) que en el marco de su autonomía y competencias propias disponga la continuidad de la presencialidad de las clases en el ámbito del territorio de la Ciudad de Buenos Aires”, según el fallo.

 

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