martes, abril 16

El «rulo» del dólar, gran negocio en pocas horas: ahorristas obtienen casi $25.000 por cada u$s1.000

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El rulo consiste en arbitrar entre el tipo de cambio financiero MEP y el dólar blue. Cuáles son los riesgos que enfrentan ahorristas |

El dólar es una de las monedas preferidas por los argentinos, ya que permite cubrirse de la devaluación del peso argentino. Por este motivo, gran parte de la población con capacidad de ahorro decide atesorar esta moneda, generando una gran demanda.

Debido a las pocas reservas del BCRA, el Gobierno nacional ha tomado distintas medidas para desincentivar la compra y los gastos en moneda extranjera. Este hecho generó que existan distintas brechas entre los tipos de cambio legales del mercado paralelo o informal.

Rulo del dólar: cuánta plata se puede ganar

El rulo del dólar consiste, en términos simples, en adquirir dólares en un mercado «barato» y venderlos «caros». En este caso, el tipo de cambio MEP se encuentran en $357,2, aproximadamente, unos $24,8 menos que el dólar blue (tipo de cambio comprador), generando una brecha entre estos tipos de cambio.

La estrategia consiste en comprar dólares a $357,2 a través de un broker para, posteriormente, pasarlos a una caja de ahorro o cuenta corriente en dólares. Luego, la persona retira dichos dólares por caja y los vende en el mercado paralelo, ya sea en un «arbolito» o «cueva» como también entre particulares.

De esta forma, una persona que compra u$s1.000 en el broker y los vende en el mercado paralelo, se hace de $24,8 por dólar, lo que se traduce en $24.800 aproximadamente. Otras de las estrategias es hacer la operación inversa, es decir, vender dólares que se tengan previamente atesorados al valor del blue (en estos momentos $382). Cabe aclarar que muchos brokers cobran una comisión, por lo que la «ganancia« podría ser menor.

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El rulo, con un monto de u$s 3.000, le permite a las personas obtener $74.400 de ganancia, aunque se trata de una operación ilegal

Luego, esos pesos se ingresan a la cuenta del banco y posteriormente se transfieren al bróker. En este caso, algunas personas prefieren ingresar los $357,2 necesarios para recuperar sus dólares, mientras que otros ingresan la totalidad para tener más dólares.

Si tomamos como ejemplo unos u$s3.000, la persona obtiene $1.146.000 en el mercado paralelo que se convertirán, luego del proceso, en u$s3208 aproximadamente. Esto se traduce en una ganancia inmediata del 6,94%, apenas por debajo de la inflación en dólares de todo el 2022 en Estados Unidos, por lo que es un rendimiento importante.

«Básicamente las personas comienzan comprando dólar MEP y luego venden sus dólares en el mercado paralelo. Sin embargo, no es una estrategia 100% lícita, ya que, si bien es legal comprar dólar MEP, venderlos en el mercado paralelo es ilegal«, señala a iProfesional, Alejo Sánchez, asesor financiero y autor del canal de Youtube «Finanzas con Alejo».

¿Cuáles son los problemas de hacer el rulo con el dólar?

En esta línea, el especialista Alejo Sánchez recalca que se trata de una operación ilegal, además de que se debe tener los ingresos declarados y tener una cuenta bancaria en dólares.

«El problema es que cuando se hace esta «jugada» y se deposita el dinero obtenido en negro, tendremos que justificar los fondos y, al ser una operación totalmente ilegal, no se puede hacer mención de la venta de los dólares en el mercado paralelo, por lo que no podrá justificar el dinero», advierte.

Lo mencionado por el experto tiene mucha lógica, ya que, para el banco, la persona retiró los dólares, pero nunca los «vendió», debido a que formalmente no se registró ninguna venta. Es decir, para el banco, los dólares siguen en poder del cliente y, además, ingresó más de 1 millón de pesos, por lo que será ese millón el que deba justificar y, al no poder mencionar la operación en el mercado paralelo, no lo podrá hacer.

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Para el banco, la persona sigue teniendo los dólares en su poder y, por otra parte, los pesos que ingresó

«Por este motivo, no es para nada recomendable hacer este tipo de operaciones. Además, lo que suele suceder es que dinero en blanco adquirido con fondos lícitos, termina convirtiéndose en dinero en negro», declara Sanchez a iProfesional.

Por otra parte, el experto sostiene que, incluso si esta operación fuese legal, tendría sus riesgos, ya que el margen entre ambos tipos de cambios puede acortarse en cualquier momento. Es decir, suponiendo que se vendieron los dólares a $382, puede que el dólar MEP suba abruptamente y quede en $382 o por encima de este valor, generándole una pérdida a la persona que hizo la transacción.

¿Cuáles son las consecuencias legales de hacer el rulo?

En cuanto a las consecuencias legales, Sanchez sostiene que el Banco Central puede iniciarle a la persona un sumario penal cambiario, ya que rige la Ley Penal Cambiaria y, una vez que se estudie el caso, se eleva a lo penal y puede haber desde una multa que puede llegar hasta 10 veces el monto operado e incluso pena de prisión de hasta 8 años, en caso de reincidencia.

«Incluso la persona puede ser investigada por la UIF por un presunto «lavado de activos», generando graves consecuencias legales. Por este motivo, siempre recomiendo no hacer este tipo de maniobra, independientemente del monto», advierte Sanchez

En esta línea, Agustín Segundo Sosa, director ejecutivo de Tributo Simple, recuerda a iProfesional que la cifra mínima para informar acreditaciones, extracciones, saldos de cuentas y depósitos a plazo fijo se ubica en $90.000.

Dicha cifra es considerablemente baja para las personas que hacen este tipo de operatoria, ya que, para que el «rulo» les sea «rentable», suelen superar ampliamente el medio millón de pesos. Además, el especialista recuerda que dicha cifra es para todas las operaciones mencionadas, por lo que si se tiene un plazo fijo de $50.000 y dinero en cuenta por $41.000, ya se superó el umbral de $90.000.

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Para que el «rulo» les sea rentable, muchas personas depositan más de medio millón de pesos

«El valor es mensual, por lo que, si se realizan varios depósitos cuya sumatoria exceda el importe anteriormente mencionado, las entidades bancarias deberán informar a la AFIP«, señala Sosa.

«Asimismo, para evitar el lavado de dinero, las billeteras virtuales deben informar los movimientos de cada usuario a la Unidad de Información Financiera (UIF)«, añade.

Además, el especialista sostiene que, en caso de recibir grandes sumas de dinero, las compañías suelen solicitar que para poder continuar utilizando sus plataformas se justifique el origen de fondos. En esta línea, Agustín Segundo Sosa señala a iProfesional algunos de los justificativos más habituales:

  • Recibos de sueldo, jubilación o pensión
  • Resumen de facturas o comprobantes emitidos
  • Declaraciones juradas de Ganancias o Bienes Personales
  • Declaraciones de IVA o Ingresos Brutos
  • Certificación de Ingresos u origen de fondos certificada por contador público

En el caso de esta última, el experto señala que los costos dependerán de la jurisdicción donde se realice la certificación. Por otra parte, el especialista recuerda que, en caso de no tener documentación respaldatoria, es probable que se rechacen las transferencias, devolviendo los valores al emisor, congelando saldos y hasta bloqueando cuentas.

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En el caso de no justificar los fondos, AFIP podrá suponer evasión tributaria e iniciar acciones legales

«A su vez, AFIP, al contar con esta información puede iniciar una intimación a declarar el origen de los fondos. Si no se cuenta con documentación respaldatoria para justificar los ingresos, movimientos y egresos, el fisco supondrá evasión tributaria y tendrá la facultad para iniciar acciones legales con el objetivo de que se paguen los impuestos correspondientes», advierte.

Finalmente, el especialista recuerda que, en caso de tratarse de acreditaciones en moneda extranjera, al ser valores más altos, se puede incurrir en faltas a la Ley Penal Cambiaria la cual establece multas de hasta 10 veces el monto operado, como también penas de prisión de hasta 4 años.