viernes, marzo 29

Exclusivo: no habrá más exenciones a Ingresos Brutos en la Ciudad

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Actualmente, los universitarios pueden evitar el pago del impuesto luego de haber presentado el título de manera online; este beneficio terminará a comienzos del 2020La medida sale sí o sí en los primeros meses del próximo año”, confirmaron a Nexofin dos altos funcionarios de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), en referencia al cese en las exenciones impositivas que hasta hoy perciben los universitarios residentes en la Ciudad de Buenos Aires.

Quienes actualmente están enmarcados en el Régimen Simplificado y reciben el beneficio impositivo lo mantendrán, aseguraron desde la AGIP.

La decisión de las autoridades de la Ciudad se enmarca en un contexto de posible recorte en los fondos que envía Nación a la jurisdicción porteña. Antes de asumir, el ahora presidente, Alberto Fernández, deslizó posibles cambios en los fondos coparticipables con la Ciudad y en el mismo sentido se expresó su vice, Cristina Kirchner, en un reciente acto en La Matanza. Ante el posible recorte, en la Ciudad decidieron apurar el cese en la exención de Ingresos Brutos.

Alberto Fernández y Horacio Rodríguez Larreta, en una reunión el pasado 6 de diciembre

El valor de Ingresos Brutos a pagar depende de la categoría en la que el ciudadano se encuentre y la cuota se abona de manera bimestral. El porcentaje general del impuesto es del 3% del total facturado.

Sin embargo, hasta ahora, el Artículo 179, inciso 7 del Código Fiscal vigente y el Decreto Reglamentario 2033-GCBA-2003 indica que los profesionales que ejercen su profesión liberal universitaria no organizada en forma de empresa se encuentran exentos de pleno derecho al pago del impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Actualmente hay cuatro requisitos para poder estar exento de Ingresos Brutos en la Ciudad de Buenos Aires.

1- Título universitario
2- Carrera de grado con duración de 4 años o más (en UBA el CBC se cuenta como primer año)
3- No estar organizado en forma de empresa
4- Estar matriculado. Para los casos en que sea condición para la práctica profesional, como es el caso de los Contadores.

“Hay tiempo aún de poder hacer el pedido y recibir el beneficio en caso de que no lo hayan hecho”, aclaró una de las fuentes de la AGIP, ente recaudador del impuesto.

¿Cómo pedir la exención?

 

El trámite para pedir la exención se realiza de manera online y para avanzar con el mismo será necesario que el contribuyente cuente con una Clave Ciudad.

El usuario debe pedir ingresar en el padrón de beneficiarios.

Cuando ingrese con la Clave Ciudad, deberá adherir al servicio “Empadronamiento de exentos”. Al completar el formulario electrónico, se obtendrá una constancia de empadronamiento.

El trámite exige que el contribuyente cargue en la web su título y una serie de datos personales para que sean confirmados y la solicitud sea aprobada por el ente.

En la web de AGIP explican que “la exención puede ser revocada en caso de no cumplir los requisitos establecidos por el Código Fiscal vigente”.