Fallo inédito en favor de cuatro «mulas»

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3 DE Octubre 2019 – 01:54 La Justicia de Tierra del Fuego interpretó que los acusados de transportar droga eran víctimas de trata.

En el norte de Salta son comunes los pasos de las “mulas”

Cuatro personas que eran utilizadas como «mulas» para el transporte de drogas fueron sobreseídas por la Justicia de Tierra del Fuego luego de considerarse que, en realidad, eran víctimas de trata con fines de explotación. La medida fue dictada por el juez federal de Ushuaia Federico Calvete, en línea con lo solicitado por el fiscal Juan Soria respecto a tres causas diferentes en las que cuatro imputados fueron procesados por transporte de estupefacientes.

Sin embargo, con el avance de las investigaciones se determinó que todos eran obligados a ir de Misiones a Buenos Aires, donde hacían una escala en la que se les entregaba la droga, y de allí hacia Tierra del Fuego. Según informó la web Fiscales, los cuatro fueron captados a través de una misma aplicación y quienes impartían las indicaciones eran las mismas personas. La fiscalía pidió la unificación de las causas y consideró a los imputados «víctimas del delito de trata de personas con fines de explotación». Además, solicitó su sobreseimiento y que se profundice la investigación en torno a una organización criminal. En tanto, a otros dos involucrados en la causa los acusó de «organizar y financiar» esa actividad y por trata de personas agravada por ser más de tres víctimas, más de tres imputados, y por haberse consumado la explotación.

Con respecto a las llamadas «mulas», el fiscal entendió que fueron utilizadas como «delivery» de sus negocios ilícitos y que en este caso existieron las acciones típicas del delito de trata: el ofrecimiento, la captación, el traslado y la recepción o acogida de personas. «Fueron captadas, les ofrecían ese «trabajo’, las trasladaban desde su lugar de origen hasta el lugar de explotación, las recibían y las acogían, y les pagaban su hospedaje», destacó. El fiscal hizo hincapié en las modificaciones que introdujo la ley 26.364, en 2012, tras el fallo que absolvió a todos los imputados en la causa Marita Verón en Tucumán. Por ello, teniendo en cuenta que con la reforma el consentimiento dado para la explotación no debe ser considerado como un obstáculo para la imputación, entendió que «los victimarios se valieron, de un modo espurio, de las víctimas para que realicen ese ‘trabajo’ ilícito».

f: El Tribuno