miércoles, abril 17

Feriado puente del 24 de marzo: ¿Es optativo u obligatorio?

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Tras decretarse el año pasado al 23 de marzo como “feriado con fines turísticos”, se acerca otro fin de semana extra largo.

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El 24 de Marzo es el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.

El próximo martes 24 de marzo es el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia, un fecha que según el calendario oficial constituye un feriado nacional e inamovible.

Sin embargo, tras decretarse el año pasado al 23 de marzo como un “feriado con fines turísticos”, se acerca otro fin de semana extra largo. No obstante, surge siempre la misma pregunta: ¿El lunes es un feriado obligatorio u optativo? ¿El empleado debe trabajar? Y en ese caso, ¿Cómo debe pagarse en caso de ser trabajado? La respuesta correcta depende de si se trata de un feriado nacional o un día no laborable.

En el calendario 2020 de feriados del Ministerio del Interior de la Nación, el 23 de marzo figura como una fecha inamovible. Y si  bien no precisa si es no laborable, teniendo en cuenta que por el decreto 717/2019 se lo considera un feriado con fines turísticos se entiende que lo es.

Además, es necesario recordar que en 2017, el entonces gobierno de Mauricio Macri otorgó a través de ley 27399,  la facultad al Poder Ejecutivo de fijar hasta “tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes”.

Cuál es la diferencia entre un día no laboral y un feriado nacional respecto de la obligación de trabajarlo

Para ello hay que remontarse a los artículos 166 y 167, respectivamente, de la Ley de Contrato de Trabajo. “En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical en caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual”, precisa el primero de ellos.

Mientras que el segundo explica: “En los días no laborables, el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación. En dichos días, los trabajadores que presten servicio, percibirán el salario simple”.