jueves, abril 25

Gobierno obliga a Edenor y Edesur a cobrar facturas tomando el menor consumo de los últimos tres años

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El tema había despertado una fuerte polémica entre los consumidores, que denunciaban a las empresas por estimar el nivel de consumo al alza, ante la imposibilidad de medirlo físicamente por las restricciones de la cuarentena

El Gobierno emitió una resolución que ordena a las distribuidoras Edenor y Edesur a utilizar el menor registro de consumo de energía eléctrica de los tres últimos años para emitir las facturas de los usuarios, a fin de paliar los efectos económicos durante la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus.

El tema había despertado una fuerte polémica entre los consumidores, que denunciaban a las empresas por estimar el nivel de consumo al alza, ante la imposibilidad de medirlo físicamente por las restricciones de la cuarentena.

A raíz de ellos, el Ente Nacional Regulador de Electricidad (ENRE) modificó la fórmula para la estimación del consumo de usuarios residenciales y dispuso que las distribuidoras eléctricas ahora deberán calcular las tarifas de acuerdo al menor registro de los últimos 3 años.

“Mediante la resolución ENRE Nº 27/2020, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad instruyó a EDENOR S.A. y EDESUR S.A a que realicen la estimación del consumo de usuarios y usuarias residenciales utilizando el menor registro de consumo correspondiente al mismo periodo de estimación de los últimos tres años (2017, 2018 y 2019)”, informó el ente público.

La medida tendrá vigencia hasta que se normalicen las tareas de lectura de medidores en el marco de la flexibilización de la cuarentena.

A la vez, el ENRE recordó que instruyó a las distribuidoras a reforzar los canales de atención al cliente para garantizar los derechos de los usuarios del servicio y permitir que puedan impugnar sus facturas en los casos donde se detecte un desvío entre el consumo real y el estimado por la distribuidora, declarando el valor consumido.

A su vez, se dispuso que las eventuales diferencias que surjan entre las lecturas reales y lo que se haya facturado a los usuarios, serán evaluadas oportunamente y se establecerán los procedimientos para su tratamiento, ponderando los derechos y posibilidades de los mismos.