miércoles, abril 24

JubilaciónANSeS mujeres sin aportes yAUH:salió el decreto que beneficia a madres que trabajan en el hogar al cuidado de sus hijos

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Tal como adelantó Fernanda Raverta, titular de ANSeS, salió el decreto que reconoce aportes jubilatorios a mujeres con 60 años cumplidos que sean madres y hayan trabajado en el hogar. También incluye a titulares de AUH. Cuáles son los requisitos y las fechas para anotarse al beneficio

Tal como adelantó la directora de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), Fernanda Raverta, el presidente Alberto Fernández firmó un DNU para reconocer años de aportes jubilatorios a mujeres que hayan sido madres y se hayan dedicado al cuidado de los hijos en el hogar. 

El beneficio también incluye a titulares de Asignación Universal por Hijo (AUH). Según cálculos de la ANSeS, cerca de 155.000 mujeres podrían jubilarse gracias a esta medida.

Queremos reconocer la tarea de las mujeres que dedicaron tiempo al cuidado de sus hijos y sus hijas. El trabajo se presenta desigual en la casa y tienen que ser reconocido», planteó Raverta la semana pasada.

Finalmente, hoy se publicó, en el Boletín Oficial, el decreto 475/2021. ¿Su punto central? «Al único fin de acreditar el mínimo de servicios necesarios para el logro de la Prestación Básica Universal (PBU), las mujeres y/o personas gestantes podrán computar 1 año de servicio por cada hijo y/o hija que haya nacido con vida».

También se aclara que «en caso de adopción de menores de edad, la mujer adoptante computará 2 años de servicios por cada uno». Y que «se reconocerá 1 año de servicio adicional por cada hijo/a con discapacidad, que haya nacido con vida o haya sido adoptado y/o adoptada que sea menor de edad».


Con relación a «quienes hayan accedido a la AUH por el período de, al menos, 12 meses, podrán computar, además, otros 2 años adicionales de servicio por cada hijo/a que haya nacido con vida o haya sido adoptado/a que sea menor de edad».

Además, establece que «los plazos de licencia por maternidad y de estado de excedencia establecidos por las leyes de alcance nacional y por los Convenios Colectivos de Trabajo respectivos se computarán como tiempo de servicio solo a los efectos de acreditar el derecho a una prestación previsional, siempre que se verifique que la mujer y/o persona gestante haya retornado a la misma actividad que realizaba al inicio de la licencia o del período de excedencia. Para el caso de que la persona no retome la actividad o lo haga en una distinta, los servicios se computarán como del régimen general».


Cuándo hacer el trámite

«A partir del 1 de agosto van a estar los turnos colgados», confirmó Raverta. La Anses publicará toda la información en su página web para que las mujeres que cumplan con los requisitos puedan iniciar su trámite de jubilación. 

La medida busca que mujeres que alcanzaron los 60 años de edad y no completaron los 30 años de aportes puedan jubilarse al reconocerles el trabajo de cuidar a sus hijos. «De los 3,6 millones de personas que hoy están jubilados gracias a las moratorias de Néstor Kirchner, en 2005, y de Cristina Fernández de Kirchner, en 2014, el 73% son mujeres», detalló Raverta.

F:Cronista