La Justicia porteña determinó que conducir a través de Uber “no constituye una falta legal”

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A través de una serie de fallos, determinaron que manejar usando la aplicación de Uber no es una falta, que no se puede retener la licencia de conducir de quienes manejan dando este servicio y que no se puede aplicar la Ley anti Uber, La Justicia porteña determinó este miércoles que conducir vehículos a través de la plataforma de viajes Uber no constituye una falta. 

Sin embargo, esto no significa que la actividad pase a ser legal y desde el gobierno porteño aseguran que se trata de fallos que afectan a casos particulares y que no hablan sobre la regularidad o no del funcionamiento de Uber en la ciudad.

“Los fallos, que están firmes y ya no pueden ser apelados, determinan que la actividad que desarrollaban los conductores procesados no es una falta de acuerdo al Código de la Ciudad, y que para serlo la conducta prohibida debe estar perfectamente determinada. Al día de hoy, no hay ninguna sentencia firme, en ningún fuero, que sostenga que la actividad de Uber es ilegal”, indicó la compañía mediante un comunicado.

Las dos sentencias fueron dictadas el Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas N° 28 de la Ciudad de Buenos Aires.

De acuerdo con el fallo, manejar utilizando la aplicación de Uber no constituye una falta. Asimismo, se determinó que no es aplicable la denominada ley “anti-Uber” sancionada por la Legislatura Porteña.

Asimismo, la Justicia entendió que las conductas de quienes fueron acusados no encuadran con la imputación por “transporte de pasajeros sin habilitación”. Los fallos destacan que cada uno de los imputados “cuenta con licencia de conducir profesional”, y agrega que los conductores circulaban con la póliza de seguro correspondiente al momento de los hechos.