viernes, abril 19

Ley de Emergencia: se promulgará en las próximas horas porque Alberto Fernández hace un cambio de último momento

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  • 2019-12-23

La modificación es para que la moratoria fiscal sea solo para Pymes y no para grandes empresas.

El presidente Alberto Fernández vetaría un artículo de la Ley de Emergencia Económica que aprobó el Congreso el sábado, y que será promulgada en las próximas horas.

El artículo en cuestión es el que implementa una moratoria fiscal para empresas. Según el texto que aprobaron las Cámaras de diputados y senadores, ese beneficio alcanza a todo tipo de empresas. Sin embargo, el mandatario quiere que solo sea para Pymes, por lo que lo modificará, según consigna el diario Clarín.

Si bien se esperaba que entrara en vigencia este lunes con su publicación en el Boletín Oficial, eso recién ocurriría en las próximas horas. Así, las nueve emergencias, la suspensión de la movilidad jubilatoria, el incremento de las retenciones y el impuesto de 30% a la compra y los gastos en dólares en el exterior aún no tienen validez.

“Le ley de emergencia estará promulgada seguramente mañana. Se está trabajando en la reglamentación. Ya tenemos ley para volver a poner de pie a la Argentina”, anticipó temprano presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados, Darío Martínez.

En declaraciones a El Destape Radio, el diputado dijo también que “no se le puede pedir a Alberto que resuelva en una semana lo que han perdido los jubilados en 4 años”.

“Los jubilados van a recibir $5.000, reducción de IVA, baja de medicamento. Van a recibir el 8,74% de la movilidad actual más los $5.000 en enero y diciembre”, agregó.

Recién cuando el paquete se publique en el Boletín Oficial comenzará a regir la norma que implicará que todos los que viajen o hagan compras afuera operarán -con la cotización actual- con un dólar de alrededor de $ 82.

El texto enumera las operaciones alcanzadas por el llamado dólar turista, es decir las que quedarán -durante los próximos cinco años- con un recargo del 30% respecto de la cotización oficial. Y deja abiertos algunos interrogantes. Para evitar cuestionamientos judiciales, en un agregado antes de la aprobación en Diputados, el oficialismo aclaró que estarán exceptuadas las compras previas a la sanción de la ley.

El gravamen se aplicará a las compras de billetes y divisas en moneda extranjera e incluirá el llamado dólar ahorro, con un límite de 200 dólares mensuales fijado durante el último tramo de la gestión de Mauricio Macri.

También la compra de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo del país, lo que generó cuestionamientos de las agencias locales. El costo extra a su vez abarcará los alquileres temporarios en la Argentina contratados por plataformas globales. Y los pasajes terrestres, aéreos y por vía acuática de pasajeros con destino fuera del país.