jueves, marzo 28

Los turistas a los que no se les haya cobrado el impuesto del 30% deberán pagarlo a la AFIP

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El organismo dio plazo hasta el 25 de febrero para que las personas paguen el gravamenEl organismo dio plazo hasta el 25 de febrero para que las personas paguen el gravamen

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó este martes el Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (P.A.I.S) que forma parte de ley denominada “Solidaridad Social y Reactivación Productiva” sancionada por el Congreso y se asentó que el impuesto del 30% para la compra de divisas para ahorro, los gastos con tarjeta y el pago de servicios en el exterior será considerado desde el día de la entrada en vigencia de la norma, el pasado 28 de diciembre.

Es decir que, según el Artículo 12 de la Resolución General 4659/2020 de la AFIP, los turistas a los que no se les haya cobrado el impuesto desde la entrada en vigencia de la Ley, o se les haya cobrado de manera parcial o incorrecta, deberán abonarlo directamente en AFIP a través de un Volante Electrónico de PAGO (VEP). En todos los casos. El plazo para hacerlo será hasta el día 25 del mes siguiente a aquel en que debió haberse practicado la aludida percepción.

Además, en el Artículo 13 señala que el ingreso de las percepciones practicadas entre la entrada en vigencia de la Ley N° 27.541, el 28 de diciembre, y el día 7 de enero de 2020 inclusive, se considerará ingresada en término si se efectúa hasta el día 20 de enero de 2020. Es decir que aquellas empresas que cobraron el impuesto, deberán pagarlo a AFIP en el plazo establecido.