martes, abril 23

Nuevo bono «Acompañar» de $17.000: cuáles son las condiciones para acceder

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La prestación de ANSES tendrá una duración de seis meses y es para asegurar un ingreso equitativo al salario mínimo vital y móvil.

Anses, junto al Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación (MMGyD), activará el nuevo bono «Acompañar», el monto de $17.000 para ayudar a víctimas de violencia de género. Este viernes, se informó que el monto se liquidará mediante el organismo previsional, y va a ser articulado con municipios y provincias para que el ingreso en cada una de las personas que necesiten del programa, tanto como acompañamiento y asistencia integral, sea de modo conjunto con las áreas locales.

Elizabeth Gómez Alcorta, titular del MMGyD, dijo al respecto: «Esta ha sido una de las demandas históricas del movimiento de mujeres y diversidad: pedir al Estado que cumpla el rol de acompañamiento, insustituible, y por eso celebramos poner en marcha el programa».

La suma será no reintegrable, personal, no renovable y no contributiva equivalente a un Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM), es decir cerca de $17.000. Se abonará durante un lapso de seis meses seguidos.

El propósito es el de solventar gastos esenciales de organización y desarrollo de un proyecto de vida autónomo y libre de violencias.

Los requisitos

Cobro AUH, IFE, AUE ¿puedo acceder al Plan Acompañar?
Si, el nuevo plan resulta ser compatible con:

  • – La Asignación Universal por Hijo (AUH)
  • – Asignación por Embarazo (AUE)
  • – Monotributo Social
  • – Ingreso Familiar de Emergencia ( IFE)
  • – Trabajo registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

¿Cómo se puede acreditar una situación de riesgo?
Para acceder a la ayuda económica, se solicitará acreditar la situación de riesgo por violencia por motivos de género mediante un informe social de un dispositivo de atención oficial de violencias local, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

¿Quiénes pueden pedirlo?

  • -Toda persona residente en el país que sea ciudadana argentina nativa, por opción o naturalizada.
  • – Extranjera con residencia legal en la República Argentina no inferior a un año anterior a la solicitud.
  • – Mayor a dieciocho años.

Los que quedan excluídos del Plan Acompañar:

  • – Ingresos por trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, monotributo y régimen de autónomos.
  • – Subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgado por el Estado Nacional.
  • – Jubilaciones, Pensiones, o Retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales, o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • – Pensión Universal para el Adulto Mayor.
  • – Prestación por desempleo.