martes, abril 23

Polémica: por qué los contadores están en alerta y salen a pedir a protección judicial

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Polémica: por qué los contadores están en alerta y salen a pedir a protección judicial

Los profesionales advierten que si la obligación tributaria se liquida por error en menos, se aplican intereses resarcitorios y multas gravosas

Los contadores tuvieron que implementar el trabajo homeoffice como muchos otros profesionales pero esto les impidió realizar inventarios para confeccionar los balances y revisar documentación a la hora de efectuar declaraciones juradas de impuestos. Ahora piden que la Justicia los proteja ante posibles responsabilidades económicas y penales, tanto a ellos como a las empresas.

Teresa Gómez, del estudio de Teresa Gómez, Carlos Quian & Asoc. Consultores Tributarios, afirmó lo siguiente:

«Los contadores vemos afectada nuestra calidad de trabajo como consecuencia del aislamiento social (cuarentena) que se extiende desde hace más de 80 días. Estamos impedidos de concurrir a nuestros estudios, así como a las empresas de nuestros clientes para chequear «in-situ» la información.

Ha sido imposible efectivizar la toma de inventarios para los cierres de balances, auditar la documentación para la presentación de las declaraciones juradas mensuales y anuales (IVA – Ganancias – Ingresos Brutos).

El acceso a los servidores de datos es sumamente dificultoso, las reuniones online son defectuosas, y lo más riesgoso, es que no sabemos cuán seguras son por la conocida probabilidad de su violación.

Todos entendemos que no hay vacuna, que el aislamiento social es la única medida de prevención para evitar que se propague, aun más, el COVID19, pero los vencimientos fiscales continúan, los balances cierran y tenemos que presentarlos, la contabilización de la documentación no puede sufrir un atraso de tres meses, en fin, la vida de la empresa en marcha debe ser resguardada.

La tarea de los contadores es rigurosa, las medidas de control que ejercemos sobre la parte documental de los clientes es continuada. Sumado al agravante que los contadores tenemos responsabilidades derivadas: solidaria, penal tributaria y somos sujetos obligados a informar la probabilidad de operaciones sospechosas de lavado de activos y prevención del terrorismo.

Nuestra actividad ha quedado relegada de la exención del aislamiento, pero no han quedado relegadas las obligaciones empresarias (fiscales, laborales, contractuales, bancarias, etc.).

Nuestra profesión no reclama, ni reclamará jamás, un «bill de indemnidad» sobre las posibles responsabilidades emergentes del desarrollo de sus tareas, siempre y cuando puedan ser desarrolladas de manera correcta, acorde a lo que indican los manuales de procedimientos profesionales y los respectivos códigos de ética.

De continuarse con el aislamiento social, sin poder tener contacto con la documentación, con los servidores, ni practicar las revisiones periódicas de la documentación y/o los inventarios, la tarea de los contadores se ve seriamente comprometida en su calidad profesional, sumado a ello la innegable preocupación por las posibles responsabilidades derivadas, en cada caso puntual». 

Por su parte, Esteban Semachowicz, del Estudio Semachowicz & Aso Consultores Tributarios, aseveró:

«El trabajo que desarrollamos los contadores en cuanto a la liquidación de impuestos y a la preparación de Balances y Certificaciones requiere la revisión de documentación y la realización de procedimientos de validación y de auditoría, que en muchas casos no puede ser realizado adecuadamente si no es en las oficinas del profesional o en la oficinas de las empresas.

Los contadores hemos tenido que implementar rápidamente y sin un tiempo previo de preparación el trabajo bajo la modalidad de homeoffice, sin poder preparar los sistemas, la información y documentación necesaria para poder realizar la tarea bajo esa modalidad.

También es importante destacar que las restricciones operan para contribuyentes que no se consideran esenciales, por lo cual también dificulta la obtención de la información necesaria para realizar adecuadamente las tareas correspondientes.

En particular, la confección de las declaraciones juradas determinativas e informativas de impuestos requieren la realización de labores complejas que de no hacerla en forma adecuada puede generar graves inconvenientes para los clientes y también para los profesionales.

Si la obligación tributaria se liquida por error en menos, no solo corresponde la aplicación de intereses resarcitorios sino también de multas gravosas.

También es importante destacar el tiempo en exceso que genera a los profesionales realizar las liquidaciones de impuestos bajo esta modalidad de homeoffice si no se prepararon adecuadamente para ello.

Recopilar la información y mantener la comunicación con los clientes y demás integrantes del estudio sin duda lleva un tiempo extra que en muchos casos genera el incumplimiento en la presentación en término de las declaraciones juradas informativas y determinativas.

Ese incumplimiento puede generar sanciones muy relevantes para los contribuyentes, como por ejemplo baja en determinados registros, obligación de emitir facturas M, entre otras.

Y a todo esto debemos agregar la carga adicional de trabajo generada por todas las normas vinculadas con el Programa ATP, de ayuda para pagar sueldos y contribuciones, que requiere tareas adicionales que se suman a la labor ordinaria de los profesionales.

También esta situación genera inconvenientes en la realización de determinadas tareas de auditoría (inventarios, arqueos, etc.) que resultan relevantes para poder dictaminar los estados contables de las sociedades.

La AFIP no ha tomado las medidas pertinentes para evitar que esto pase, dejando a los profesionales y a los contribuyentes expuestos a estas situaciones.

Esta cuestión deberá ser tenida en cuenta por nuestros tribunales cuando deban resolverse conflictos legales derivados de presentaciones extemporáneas o inexactas realizadas en el marco de este escenario de trabajo.

De la misma manera que sería conveniente alguna tutela judicial que inhiba a la AFIP a establecer sanciones y bajas de registros que impidan a los contribuyentes realizar adecuadamente su operatoria.

De esta manera, los profesionales en ciencias económicas deslizan que en la emergencia deben contar con la protección de la Justicia.

f:IProfesionl