jueves, marzo 28

¿Puede Alberto indultar a Cristina Kirchner?

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Nota extraída de TN por Adrián Ventura

La medida, una posibilidad ya instalada, le permitiría a la Vicepresidenta deshacerse de su temor a ser condenada en el marco de la causa Vialidad. Pero para eso, necesita que el Presidente continúe en su cargo.

La militancia K empezó a instalar la idea de un posible indulto de Alberto Fernández a Cristina Kirchner. En otras palabras, que el Presidente le perdone una eventual pena a la Vicepresidenta, en el marco de la causa Vialidad.

Por ahora es solo una idea, un globo de ensayo puesto a volar. Pero su mera mención sirve para empezar a mostrar como posible y aceptable esa “solución”.

La autodefensa que ensayó la Vice no estaba dirigida a convencer a los jueces y fiscales: el único interés de Cristina fue señalarlos como los cómplices de una conspiración política (macrista) y mediática para proscribirla.

Un invento propio de la literatura fantástica: Cristina podrá participar en las elecciones. Si llega a ser condenada, la sentencia no quedará firme hasta dentro de varios años, cuando se expida la Corte Suprema de Justicia.

Pero más allá de todas las interpretaciones políticas que puedan hacerse sobre el discurso de la Vicepresidenta -con el que alineó detrás suyo al PJ-, quedó en evidencia que Cristina está preocupada porque teme ser condenada.

¿Puede, entonces, ser beneficiada con un indulto? Algunas ideas:

  • El único que puede indultar es el Presidente de la Nación. Cristina necesita que Alberto siga en su cargo, porque ella, si asumiese la presidencia, no podría indultarse a sí misma.
  • Si se lee con detenimiento la Constitución Nacional, su Artículo 36 fija las penas que sufrirán quienes cometan actos de fuerza (golpe) contra el orden constitucional y prohíbe que sean indultados. Hasta ahí el artículo es claro. En cambio, en otro párrafo de ese mismo artículo, la Constitución extiende las mismas penas para quienes cometieran delitos de enriquecimiento ilícito (casos de corrupción), pero no prohíbe expresamente el indulto; o sea: el perdón de la pena. Sería un nuevo tema de discusión interminable.
  • Por otra parte, los constitucionalistas siempre sostuvimos que no es admisible indultar a procesados, porque el indulto es el perdón de una pena. Es decir: la persona tiene que haber sido antes condenada. Pero en junio de 1993, en el caso Beatriz Daleo, la Corte Suprema admitió la validez del indulto que el Presidente (en ese momento Carlos Menem) dictó en favor de Daleo, incluso contra la voluntad de la mujer de ser indultada. Un dato importante en toda esta cuestión: el indultado no puede rechazar el indulto.

La paradoja de Cristina, que en aquellos años apoyó a Menem hasta que luego fingió amnesia y empezó a criticarlo: su solución (mala, pero solución al fin para sus problemas) sería brindada por un viejo fallo de la Corte menemista. Alberto podría indultarla y ella podrá fingir que no acepta el indulto, pero debería soportarlo. Así, treinta años después, ella podría volver a soñar con una “Cristina Eterna”.