Qué dice la Ley de Teletrabajo aprobada en el Senado

0
549

Con fuertes cruces entre el sector opositor y el oficialismo, la ley obtuvo 40 votos a favor y 30 en contra.

La Cámara de Senadores aprobó y convirtió en ley, el proyecto de Teletrabajo que busca establecer los presupuestos legales mínimos para la regulación de esta nueva modalidad, en aquellas actividades que lo permitan por su naturaleza y características.

La iniciativa obtuvo 40 votos a favor del oficialista Frente de Todos y el Frente Renovador de Misiones, y 30 en contra de Juntos por el Cambio, el Interbloque Parlamentario Federal y del Frente Juntos Somos Río Negro, habitual aliado del oficialismo.

Punto por punto

El contexto actual de la pandemia generó el debate sobre la regulación del teletrabajo, la misma  se basa en que «el virus es una realidad que vino para quedarse un tiempo».

La ley entrará en vigencia 90 días después del levantamiento del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, establece que el paso de modalidad presencial a teletrabajo debe ser por una decisión voluntaria por parte del empleado, y que esta debe quedar por escrito, al tiempo que deja en claro que la modalidad podrá ser revocada por el empleado “en cualquier momento”.

Además, la iniciativa incorpora por primera vez el concepto de “derecho a la desconexión digital”. Es decir, que el trabajador tiene derecho a no ser contactado y a desconectarse de los dispositivos digitales fuera de su jornada laboral y durante licencias.

La normativa aclara que quienes trabajen bajo esta modalidad tendrán los mismos derechos y obligaciones que los empleados que opten por el trabajo presencial. Lo mismo se aplica para las remuneraciones, que deberán corresponderse con el convenio colectivo de trabajo, «no pudiendo ser inferior, en su caso, a la que percibía o percibirá bajo la modalidad presencial”.

La iniciativa actuará como una ley marco; después, cada convenio de trabajo deberá incorporar las adecuaciones. Durante el debate de la iniciativa en comisión, una serie de referentes del mundo empresarial habían cuestionado la letra chica del texto, más allá de que coincidieron en el espíritu de la medida. “Va a ser un picnic para la industria del litigio”, alertó en ese momento Luis Galeazzi, director Ejecutivo de Argencon. Mientras Daniel Funes de Rioja, vicepresidente de la UIA, señaló que hay artículos “impracticables”.

En tanto, Brenda Puig, líder de la red de abogados de IDEA, subrayó que, la forma en que se propone regular la  jornada de trabajo y el derecho a la desconexión “no es realizable en la práctica” y hasta alertó que “atenta contra el teletrabajo”.

En la sesión de hoy, que arrancó pasadas las 14.30, el oficialismo también se apresta a darle media sanción al proyecto de Reestructuración de la Sostenibilidad de la Deuda Pública Instrumentada en los Títulos Públicos emitidos bajo ley local.

La normativa aspira a reestructurar los bonos y letras en dólares emitidos bajo legislación argentina cercana a los u$s 46.000 millones. De ellos, u$s 25.300 millones están en manos de privados mientras que los u$s 20.700 millones restantes, en manos del sector público.

A continuación siete puntos claves del Régimen Legal de Teletrabajo

*Garantiza los derechos colectivos y la representación sindical; la higiene y seguridad laboral; el derecho a la intimidad y la privacidad del domicilio.

*La remuneración recibida por el teletrabajador no podrá ser menor a la que percibe un empleado que realiza sus tareas en modo presencial.

*El trabajador prestará su consentimiento de forma voluntaria y por escrito.

*El teletrabajador tendrá la posibilidad de revertir la modalidad en cualquier momento de la relación contractual, si es que desea volver a las tareas presenciales.

*Derecho a la desconexión digital, equivalente al tiempo de descanso, para que el trabajador no esté obligado a cumplir tareas por fuera de su jornada laboral. En caso que la jornada se prolongue recibirá la remuneración de horas extras.

*Los trabajadores que tengan a su cargo menores de 14 años, personas mayores o con discapacidad, podrán acordar horarios compatibles con esas tareas, y si el empleador incumple, será pasible de sanciones por acto discriminatorio.

*El empleador deberá proveer los elementos de trabajo -software, hardware y otros-, y en caso de que el trabajador incurra en gastos extra, tendrá acceso a una compensación económica, que quedará exenta del pago del impuesto a las Ganancias.