jueves, abril 18

¿Qué hacer frente a una deuda de dinero?

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No es nada nuevo decir lo difícil que es llegar a fin de mes y lo complicado que está determinar cuáles son la prioridades económicas en una familia.

No es nada nuevo decir lo difícil que es llegar a fin de mes y lo complicado que está determinar cuáles son la prioridades económicas en una familia: si el pago del colegio de los chicos o  la prepaga por ejemplo. Y desafortunadamente aparecen como protagonistas las deudas que no se han pagado dado a que es un gran deseo cancelarlas para evitar consecuencias.  Deudas que provienen de créditos para la compra de electrodomésticos, de créditos personales, deudas con la compañía de telefonía celular o cable, o con los bancos por las tarjetas de crédito como las más comunes. Deudas que no quedan congeladas sino que – de acuerdo a las pautas contractuales- sufren  de la aplicación de altos intereses.

Lamentablemente, por la situación actual, nos encontramos con una gran masa de deudores  invadidos por el  temor a que se le remate su única vivienda o a que se le embargue parte de su sueldo en blanco ante el incumplimiento de su obligación. Y aquí es el momento donde gritan ¡auxilio, necesito un  abogado!

Por eso les compartiré algunas ideas generales para que tengan en cuenta. En primer lugar voy a referirme a los Agentes de cobranzas de deudas extrajudiciales que no hacen otra cosa que hostigar al deudor. Afortunadamente ya existe legislación que regula  la actividad que ejercen estos agentes, ya que una cosa es  informar acerca de una deuda (cuánto se debe, a quien se debe, forma de pago, etc) y otra es realizar amenazas para el pago de ella. Llevar a cabo una operación con estos agentes, es legal siempre y cuando posean algún Poder por parte de la empresa que representen. Y algo importante para aclarar es que, en esta instancia -sin proceso judicial- no se puede ver afectado ningún bien del deudor.

Por otra parte, se debe estar atento a que las deudas que se exigen no estén prescriptas, y menos aún -dependiendo de la naturaleza de la misma- que la persona esté ingresada en base de datos de deudores (veraz, nosis, etc), ya que estos suelen ser uno de los argumentos más utilizados por estos agentes al decir “Señor si no paga, lo ingresamos al veraz”. Que esto en la práctica suceda no significa que sea lo correcto ya que hay fundamentos legales que no lo permiten.

De todos modos, y en el afán de recaudar fondos en este contexto económico, considero que estos agentes ofrecen quitas importantes y planes de pagos muy accesibles. Por lo tanto  encuentro como una buena salida el acceso a estos planes siempre y cuando éstos sean monitoreados por un abogado experto.

f: Info Veloz: por Belèn Conci


Abogada (UBA) Matrícula T 81 F 636 CPACF.