jueves, marzo 28

Restricciones locales a los vuelos:Estados Unidos sancionaron a AerolíneasArgentinas

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El Departamento de Transporte (DOT) emitió una orden según la cual la empresa deberá informar con 30 días de antelación los viajes que operará desde y hacia territorio norteamericano

El Departamento de Transporte (DOT) de los Estados Unidos emitió una orden según la cual Aerolíneas Argentinas deberá informar con 30 días de antelación los vuelos que operará desde y hacia EE.UU. por las decisiones administrativas de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) que limitaron los vuelos de los operadores norteamericanos desde y hacia la Argentina.

Según el organismo, las disposiciones “atentan contra la posibilidad de ejercer justa e igualitariamente los derechos adquiridos bajo el acuerdo bilateral de tráfico aéreo regular, firmado en 1985″, que, en su artículo 11, establece que las partes permitirán oportunidades igualitarias para las aerolíneas designadas por cada país para competir en la provisión de servicios, según publicó el sitio especializado Aviacionline.

El DOT indicó que, a partir de las Decisiones Administrativas 155, 219 y 268/2021, la ANAC “forzó la reducción” de los servicios de los operadores norteamericanos en porcentajes que van del 33% al 66%, tomando enero de 2021 como base. El departamento agrega que, en algunos casos, los operadores tuvieron que cancelar vuelos porque la administración ofreció “servicios inviables desde el punto de vista comercial”.

De acuerdo con el portal especializado en aviación, el 13 de abril el DOT envió a la ANAC una carta preguntando cuál era la metodología utilizada por la autoridad aeronáutica argentina, comunicación que habría tenido una respuesta ambigua.

En paralelo, el Departamento de Transporte observó que a partir de la misma base (enero 2021), la cantidad de vuelos de Aerolíneas Argentinas descendió un 43% en febrero, pero luego contrajo esa reducción a un 18% para el mes de abril. El DOT señala que los operadores norteamericanos no tuvieron permiso para una recuperación similar.

Con esta información, el organismo estadounidense concluyó: “El interés público requiere que el operador presente su cronograma para que podamos determinar si el funcionamiento de los servicios contenidos en esa programación puede ser contrario a la ley aplicable o afectar negativamente dicho interés público”.