
Un hombre denunció que vendieron un inmueble de su padre en Tres Cerritos mediante un trámite fraudulento.

María Alejandra Torrado, de 55 años, y
Luis Eduardo Caballero, de 63, fueron condenados dos años y ocho meses
de prisión condicional como “coautores de los delitos de estafa y
falsedad ideológica en concurso ideal”, se difundió hoy en el parte de
prensa oficial del Poder Judicial de Salta. Ella es escribana, él es
contador y estaban acusados de fraguar la venta de un terreno en Tres
Cerritos.
El denunciante refirió que se encontraba en un terreno de
su padre F. L., ubicado en barrio Tres Cerritos, cuando se presentó un
hombre y le preguntó quién era y qué hacía ahí. Le respondió que era el
hijo del dueño y el sujeto le dijo que se fuera porque él había comprado
el inmueble.
Ante esto, la hermana del denunciante se dirigió a la
Dirección General de Inmuebles para solicitar una copia de la cédula
parcelaria del terreno y le informaron que había sido vendido a Luis
Eduardo Caballero mediante escritura pública rubricada por la escribana
María Alejandra Torrado.
En la escritura se acreditaba la supuesta
venta realizada por el propietario del inmueble, F. L., con datos que
fueron insertados dolosamente por la escribana Torrado, quien no podía
desconocer que la persona que se presentaba no se correspondía con la
documentación presentada en esa oportunidad.
La conducta de Torrado
posibilitó que Caballero llevara adelante la estafa de “adquirir” un
inmueble a sabiendas de que su titular original nunca llevó adelante la
venta del mismo.
A la escribana se le fijaron cuatro meses de
inhabilitación absoluta. La audiencia de debate llevada a cabo en la
Sala VII del Tribunal de Juicio y el juicio unipersonal fue presidido
por la jueza Paola Marocco.
La condena para Torrado y Caballero es
condicional, por lo que permanecerán en libertad, pero se les fijaron
reglas de conducta durante tres años. Deberán establecer residencia en
la ciudad de Salta e informar al tribunal sobre cualquier cambio.
Tendrán que someterse al cuidado del Programa de inserción social y
supervisión de presos y liberados y les prohibieron comunicarse con el
damnificado por cualquier medio (verbal, escrito, teléfono, whatsapp,
etc.).
Además les ordenaron realizar trabajos no remunerados a favor
de una institución de bien público por cuatro horas semanales, por el
término de seis meses y presentar las constancias respectivas para
acreditarlo. Si incumplen cualquiera de estas medidas se les puede
revocarse la condicionalidad de la condena, lo que implica que irían a
la cárcel.
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