jueves, abril 25

Una ley del gobierno salteño sigue sumando repudio a nivel nacional

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El Comité Nacional para la Prevención de la Tortura recomendó a la gestión de Gustavo Sáenz derogar el exdecreto 255/20, ahora convertido en ley.

Foto ilustrativa

El Decreto 255/20, ahora convertido en Ley 8.191, que impulsó el gobernador Gustavo Sáenz a inicios del aislamiento social generado por el coronavirus, sigue sumando rechazos a nivel nacional. Ahora, el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura (CNPT) recomendó a las autoridades de la provincia de Salta su derogación.

Desde el organismo nacional aseguran que la norma se “encuentra en clara contradicción con las reglas del debido proceso legal” al facultar al jefe de Policía a imponer penas de arresto por un máximo de sesenta días y multas por igual término para personas encontradas en flagrante transgresión de las disposiciones dictadas en el marco de la emergencia sanitaria.

El hecho de que estas sanciones se aplique sin intervención judicial ni garantías de acceso a una defensa técnica, apelable sin efecto suspensivo provocan también que “las garantías mínimas reconocidas en materia de derechos humanos y no se adecua a los estándares internacionales de prevención de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”, remarca el CNPT en su resolución 17/20.

El Comité Nacional recuerda que los sistemas internacionales de protección de derechos humanos no permiten suspender garantías esenciales ni afectar derechos determinados aun cuando los derechos de circulación y de libertad personal se encuentran entre aquellos pasibles de ser suspendidos de manera temporal durante situaciones de excepción.

“Es para destacar que, en referencia expresa al COVID-19, los organismos internacionales de protección de los derechos humanos han puesto especial énfasis en el límite que los Estados tienen para restringir derechos y garantías de las personas. En este sentido, se destaca la comunicación conjunta de expertos/as en derechos humanos de Naciones Unidas indicando que los Estados no deben abusar de las medidas de emergencia para reprimir los derechos humanos, e instándolos a evitar la extralimitación de las medidas de emergencia, luego de recordarles “urgentemente” que cualquier respuesta de emergencia al coronavirus “debe ser proporcionada, necesaria y no discriminatoria” y que la declaración de emergencia no debe funcionar como una excusa para la acción represiva bajo pretexto de proteger la salud”, detalla el documento publicado hoy.

No es la primera vez

A principios de Julio y como consecuencia de numerosas denuncias de abusos de la autoridad y excesos en el accionar policial de Salta, el secretario de Derechos Humanos de la Nación, Horacio Pietragalla, conjuntamente con el director Nacional de Políticas contra la Violencia Institucional de la Secretaría, Mariano Przybylski, presentaron ante la Justicia de la provincia una acción de hábeas corpus preventivo y colectivo a favor de los salteños.

Según informaron desde de la dependencia nacional, entre las numerosas denuncias recibidas se cuentan casos de detenciones arbitrarias a partir de las facultades otorgadas a las fuerzas de seguridad por el Decreto provincial N° 255/2020, firmado por el gobernador Gustavo Sáenz a principios de la cuarentena con el fin de evitar la propagación del Covid-19. Pese a las demandas judiciales sobre inconstitucionalidad y las advertencias de las organizaciones de Derechos Humanos de Salta sobre la vulneración de los derechos y garantías de los ciudadanos, el decreto se implementó, no tuvo tratamiento parlamentario y se convirtió en ley.