jueves, abril 25

Una por una, éstas son las medidas anunciadas por el COE

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Imagen ilustrativa.

Según los anuncios del Comité Operativo de Emergencia, los departamentos que desde las 00 hs. del 23 de mayo entrarán en confinamiento estricto son: Capital, Cachi, Cerrillos, Chicoana, La Caldera, La Candelaria, Metán, Rosario de Lerma y Rosario de la Frontera.

En función a lo establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nacional, los departamentos en alto riesgo epidemiológico entran en confinamiento hasta el 31 de mayo, incluyendo el fin de semana del 5 y 6 de junio.

 El Secretario General de la Gobernación, Matías Posadas, explicó que el DNU Nacional tiene vigencia hasta el 11 de junio diferenciado en dos etapas: Una de confinamiento desde el 23 hasta el 31 de mayo y el fin de semana del 5 y 6 de junio; y la otra etapa de restricciones por actividades.

En este marco, el funcionario expresó que, en cumplimiento del DNU, se aplicará el confinamiento en los departamentos en alto riesgo epidemiológico.

Se determinó que, como establece Nación, las clases presenciales se suspenden por 3 días (del 26 al 28 de mayo) en los 9 departamentos en zona de riesgo, mientras que en el resto de la provincia se continúa con la presencialidad en los establecimientos.

De esta forma las medidas vigentes hasta el 31 de mayo son:

ACTIVIDADES ECONÓMICAS, INDUSTRIALES, COMERCIALES, DE SERVICIOS, CULTURALES, DEPORTIVAS, RELIGIOSAS, EDUCATIVAS, TURÍSTICAS, RECREATIVAS Y SOCIALES: sin presencialidad, en todos los casos que sea posible se deberán realizar las tareas bajo la modalidad de teletrabajo.

PERMANENCIA EN DOMICILIOS: las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y sólo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y artículos de necesidad en comercios esenciales y retiro de compras autorizadas, siempre en cercanía a sus domicilios.

SALIDAS DE ESPARCIMIENTO: podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos al aire libre de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias. No es necesario tramitar permiso para circular para estas actividades.

ACTIVIDADES RECREATIVAS: no se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales.

No se podrá circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.

PROHIBICIÓN DE CIRCULACIÓN: Desde las 18 horas hasta las 6 horas del día siguiente.

GASTRONOMÍA: Sólo mediante delivery y take away.

TRANSPORTE PÚBLICO: quedan habilitadas para su uso las personas expresamente autorizadas para el desempeño de sus actividades (1), los casos especiales, atención de salud y vacunación.

PERMISOS: Todas las personas exceptuadas de la prohibición de circular deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19”. Los desplazamientos de las personas exceptuadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada.

contagios

Medidas para municipios en Mediano Riesgo desde el 23 de mayo al 11 de junio:

–          Circulación restringida: entre 23 a 06 hs.

–          Todas las actividades hasta las 22 hs.

–          Centros comerciales y supermercados con DNI (Pares: lunes, miércoles y viernes. Impares: martes, jueves y sábados).

–          Salones de eventos, incluidos peloteros y lugares de juegos, salones de eventos infantiles suspendidos.

–          Educación: sistema presencial.

–           Sector Público ejecutivo Provincial: turnos y burbujas / rotación horaria..

–          Deportes: sólo al aire libre. Se prohíbe tercer tiempo y público.

–          Casinos y bingos suspendidos.