La medida fue publicada este jueves en el Boletín Oficial y se disolvió el Registro Nacional de Vendedores y Distribuidores de Diarios y Revistas. “Mercado abierto e incentivar la libre competencia”, indicaron desde el Gobierno.

El Gobierno habilitó este jueves a los puestos de diarios a prestar servicios de casilla de correo.
La medida fue publicada en el Boletín Oficial a través del Decreto 629/2025 al tiempo que se disolvió el Registro Nacional de Vendedores y Distribuidores de Diarios y Revistas.
“Resulta necesario reconocer el derecho de los otros interesados para acceder a un mercado abierto e incentivar la libre competencia y la igualdad ante la ley”, argumentaron desde el Gobierno, y agregaron: “De esta manera se promueven los principios constitucionales de libre circulación de bienes, servicios y trabajo”.
“Las paradas de diarios podrán prestar el servicio de casilla de correo, previa registración como operador postal ante el Ente Nacional de Comunicaciones, organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología, de la Jefatura de Gabinete de Ministros, o mediante un acuerdo con un operador postal autorizado, que será en tal caso el sujeto responsable por la prestación del servicio ante el usuario y la autoridad de aplicación del régimen postal”, indica el texto firmado por el presidente Javier Milei y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.
Podrán así, realizar entregas de correspondencia general, de productos adquiridos por terceros a través del comercio electrónico y papelería, servicio de guarda, depósito, tarjetas de crédito y débito, y documentos de identidad y pasaportes.
Respecto del Registro disuelto, el Ejecutivo señaló: “A la luz de lo expuesto, el régimen jurídico aplicable a la venta y distribución de diarios, revistas y afines en la vía pública y lugares públicos de circulación de personas deviene innecesario, obsoleto y genera limitaciones que afectan a los actores que intervienen en dicha actividad“.





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