La provincia de Salta promulgó la Ley 8512, que incorpora la posibilidad de realizar audiencias de mediación de manera remota a través de plataformas digitales. La medida actualiza el sistema vigente y busca agilizar los procedimientos judiciales y extrajudiciales.

El Gobierno provincial oficializó este miércoles 10 de diciembre la Ley N° 8512, que introduce en Salta la modalidad de mediación virtual. La norma, publicada en el Boletín Oficial, modifica la Ley 7324 e incorpora la posibilidad de realizar audiencias de forma no presencial, utilizando herramientas electrónicas o plataformas digitales.
La medida, aprobada previamente por ambas cámaras legislativas, añade el artículo 15 bis, que establece que las audiencias podrán desarrollarse mediante tecnologías de información y comunicación asociadas a internet, siempre que se respeten los principios rectores del procedimiento de mediación.
Entre las obligaciones previstas, la ley dispone que el mediador o mediadora deberá verificar y certificar la identidad de todas las personas participantes con el fin de garantizar la validez legal de lo actuado.

Además, la normativa instruye a las autoridades competentes en mediación judicial y extrajudicial a adecuar la reglamentación para la correcta implementación del sistema virtual, lo que implica ajustes administrativos, técnicos y operativos.
La ley fue sancionada el 6 de noviembre de 2025 y promulgada mediante el Decreto Nº 836, firmado por el gobernador Gustavo Sáenz. Con su entrada en vigencia, Salta se suma a las jurisdicciones que incorporan la mediación remota como herramienta permanente para agilizar los procesos y facilitar el acceso al sistema de resolución de conflictos.





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