La Provincia actualizó el Código Procesal Penal y refuerza garantías y derechos de las víctimas

La Ley Nº 8520 fue publicada en el Boletín Oficial y consolida el sistema acusatorio, reafirma principios constitucionales, amplía la participación de las víctimas y fortalece mecanismos alternativos como la mediación y la conciliación.

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El 13 de noviembre, la Legislatura de Salta sancionó la Ley Nº 8520, mediante la cual se introduce una actualización integral del Código Procesal Penal, incorporando y reafirmando principios constitucionales, ampliando derechos de las víctimas y fortaleciendo herramientas alternativas para la resolución de conflictos penales.

La norma, publicada en el Boletín Oficial este lunes, consolida el modelo de proceso acusatorio, estableciendo como ejes centrales la igualdad entre las partes, la oralidad, la publicidad de las audiencias, la celeridad y la desformalización del trámite judicial.

Entre los aspectos más relevantes, la ley ratifica garantías fundamentales como el principio de legalidad, el juez natural, el estado de inocencia, la defensa en juicio, el in dubio pro reo y la prohibición de la doble persecución penal por un mismo hecho. Asimismo, fija límites estrictos a las medidas restrictivas de la libertad, que solo podrán adoptarse ante peligro real de fuga u obstaculización de la investigación.

En materia de derechos de las víctimas, la norma reconoce su derecho a ser informadas, protegidas y a intervenir activamente en el proceso, disponiendo que toda interpretación legal debe realizarse en el sentido más favorable a su efectiva participación.

La ley también amplía y regula los mecanismos alternativos de resolución de conflictos, como la mediación, la conciliación, la reparación integral y la suspensión del proceso a prueba, priorizando soluciones que favorezcan la paz social y la justicia restaurativa, con exclusiones expresas para delitos graves, hechos de violencia de género o cometidos por funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones.

Otro punto destacado es la regulación detallada del rol del Ministerio Público Fiscal, que mantiene la conducción de la acción penal pero con mayores pautas de objetividad, lealtad procesal y criterios de oportunidad claramente delimitados.

Finalmente, la norma redefine competencias de jueces, tribunales y la Oficina Judicial, buscando una administración de justicia más eficiente, transparente y accesible, en línea con los estándares constitucionales y los tratados internacionales de derechos humanos incorporados al ordenamiento jurídico argentino.

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