ARCA abrió la recategorización del Monotributo 2026: todos los detalles, cómo actualizarla y costos

El trámite ya está disponible y define cuánto se pagará durante el primer semestre del año. Hay tiempo hasta el 5 de febrero y no todos los contribuyentes están obligados a realizarlo.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha la primera recategorización del Monotributo correspondiente a 2026, un paso determinante para quienes están adheridos al régimen simplificado.

El proceso permite ajustar la categoría según la evolución de los ingresos y otros parámetros clave y establece el valor de la cuota mensual para los próximos seis meses.

La recategorización se basa en la facturación acumulada de los últimos 12 meses, junto con variables adicionales previstas por la normativa, como el monto de los alquileres devengados, la superficie afectada a la actividad y el consumo de energía eléctrica.

El trámite se habilitó luego de que ARCA confirmara una actualización del 14,28% en los topes de facturación y en las cuotas, en línea con la inflación del segundo semestre de 2025. Los nuevos valores comenzarán a regir desde febrero.

No todos los monotributistas deben realizar el trámite: solo están obligados quienes, al analizar sus parámetros, adviertan que corresponde un cambio de categoría. El plazo para completar la recategorización vence el 5 de febrero.

El procedimiento se realiza de manera online, ingresando al portal del Monotributo con CUIT y clave fiscal. El sistema informa la categoría vigente, permite cargar la facturación de los últimos 12 meses y confirmar la nueva escala, tras lo cual se puede imprimir la credencial actualizada.

Cabe destacar que no recategorizarse cuando corresponde puede derivar en multas de hasta el 50% del impuesto integrado y del aporte jubilatorio.

Además, ARCA puede recategorizar de oficio en función de la información disponible. Para el cálculo, deben considerarse ingresos devengados, es decir, aquellos correspondientes al período en que se prestó el servicio, independientemente de cuándo se cobraron.

Cómo quedan las categorías:

  • Categoría A: $42.386,74, tanto para servicios como para venta de cosas muebles.
  • Categoría B: $48.250,78, tanto para servicios como para venta de cosas muebles.
  • Categoría C: $56.501,85 para quienes prestan servicios y $55.227,06 para venta de bienes.
  • Categoría D: $72.414,10 para servicios; $70.661,26 para bienes.
  • Categoría E: $102.537,97 (servicios); $92.658,35 (bienes).
  • Categoría F: $129.045,32 (servicios); $111.198,27 (bienes).
  • Categoría G: $197.108,23 (servicios); $135.918,34 (bienes).
  • Categoría H: $447.346,93 (servicios); $272.063,40 (bienes).
  • Categoría I: $824.802,26 (servicios); $406.512,05 (bienes).
  • Categoría J: $999.007,65 (servicios); $497.059,41 (bienes).
  • Categoría K: $1.381.687,90 (servicios); $600.879,51 (bienes).

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