ARCA denunció a dos empresas vinculadas con Pablo Toviggino y el dólar K por retención ilegal de fondos

Las presentaciones judiciales, contra las firmas Start.Ar S.A. e Intermaco SRL, recayeron ante el juez federal Luis Armella.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) presentó denuncias penales contra dos empresas vinculadas al tesorero de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Pablo Toviggino, por la retención de 282 millones de pesos correspondientes a aportes de sus empleados.

Las presentaciones judiciales recayeron ante el juez federal de Lomas de Zamora, Luis Armella, e involucran a las firmas Start.Ar S.A. e Intermaco SRL. Según el organismo, las compañías no cumplieron con el depósito de los fondos destinados al sistema de seguridad social, a pesar de haber realizado las retenciones a sus dependientes.

Claudio “Chiqui” Tapia y Pablo Toviggino

En el detalle de las presentaciones, ARCA especificó que Start.Ar S.A. incumplió los pagos de septiembre de 2024 y del periodo entre marzo y agosto de 2025, acumulando una deuda de $255.570.196,70. Esta empresa, dedicada a la venta de electrodomésticos, recientemente decretó su quiebra con una deuda total de 55 mil millones de pesos.

Por su parte, Intermaco SRL, orientada a la comercialización de equipos informáticos, fue denunciada por el impago de aportes patronales de julio y agosto del año pasado por un monto de $27.603.798,95.

Ambas sociedades comparten las mismas autoridades: Nicolás Osta, Esteban Jorge Isorna e Ignacio Jakim. La investigación reveló además que estas empresas habrían realizado operaciones con la brecha cambiaria y las SIRA durante la gestión de Sergio Massa.

Para el organismo recaudador, se configuró el delito de apropiación indebida de recursos de la seguridad social, dado que existen “elementos suficientes para acreditar la capacidad de la contribuyente de cumplir con la obligación”, superando ampliamente el umbral legal de $3.500.000 por mes que establece la ley.

El delito denunciado prevé una pena de dos a seis años de prisión para el empleador que no deposite los aportes retenidos dentro de los treinta días corridos de vencido el plazo.

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