El Gobierno busca darle también un incentivo a las empresas más chicas frente al programa para grandes inversiones estratégicas. Se podrá entrar con u$s150.000 y hasta u$s9 millones.
Si la propuesta de reforma laboral aprobada por el Senado prospera en Diputados, las micro, pequeñas y medianas empresas van a poder contar con su «mini RIGI», como se lo llamó en su momento. Es decir, un régimen que incentive las inversiones de las empresas de menor porte. Estas pueden resultar insignificantes en montos individuales, pero en conjunto pueden ser más importantes que los grandes proyectos estratégicos.
Agregado a la reforma laboral —aunque sería un caso más de una reforma tributaria— se aprobó el Régimen de Incentivo a las Medianas Inversiones (RIMI), que incluye como beneficios más importantes la aceleración de la amortización para los bienes en el caso del Impuesto a las Ganancias, y la posibilidad de usar certificados de crédito por devolución de IVA a partir de los 3 meses. A ello se suma la posibilidad de ajustar quebrantos de balances por IPC.
Eso, junto a otro tipo de incentivos, procura que tanto empresas locales como extranjeras puedan desarrollar inversiones de entre u$s150.000 y u$s9 millones, teniendo un descuento impositivo respecto de lo que pagan ahora.
En el caso de la amortización acelerada, lo que se busca es que una empresa anticipe la reducción del valor del bien de uso por su propio desgaste, de un período determinado, al presente. De esa manera, al momento de invertir paga menos Impuesto a las Ganancias.
Cuánto hay que invertir para entrar al RIMI
El titular del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF), Nadin Argañaraz, estimó que la mejora del régimen respecto del vigente actualmente es de alrededor del 60%.
Los proyectos para el RIMI tienen que ser: para las microempresas, u$s150.000; para las pequeñas empresas, u$s600.000; para las medianas empresas Tramo 1, u$s3.500.000; y para las medianas empresas Tramo 2, u$s9.000.000.
En el caso de los créditos fiscales de IVA que genera una inversión, actualmente se pueden usar a partir de los 6 meses, pero con la nueva ley se reduce a 3 meses. Eso puede servir a los efectos de evitar la licuación que genera la inflación.
«A quienes incida este cambio, les significará un aumento de rentabilidad, dado que se puede recuperar el crédito fiscal en un período más corto. No hay manera de cuantificar el impacto posible», señaló Argañaraz.
Los quebrantos fiscales se ajustarán por IPC
Uno de los puntos más destacados de ese capítulo del RIMI es que, desde el ejercicio 2025, se van a poder ajustar los quebrantos de los balances por IPC. Es decir, que aunque la empresa pueda tener demora para aplicarlos en ejercicios posteriores, no perderá su valor y tendrá el mismo efecto de menor pago de impuestos.
«Se habilita, por consiguiente, la posibilidad de ajuste por inflación de los quebrantos impositivos de ejercicios anteriores, evitando la licuación de los mismos por efectos del proceso inflacionario, ya que ahora mantendrían su valor real en relación al momento en que se generaron, lo que se traduce en una reducción del Impuesto a las Ganancias correspondiente al año de su utilización», señaló el economista del IARAF.





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