La medida del Juzgado Federal N° 2 de San Martín tendrá una vigencia de seis meses y afecta exclusivamente a los trabajadores de este rubro.

El Juzgado Federal N° 2 de San Martín dictó una medida cautelar por seis meses que suspende la aplicación de los artículos 131 y 133 de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802. La resolución judicial alcanza específicamente al sector de los empleados de comercio y representa un freno transitorio a puntos centrales de la reforma impulsada por el Gobierno.
La medida fue impulsada por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), entidad que confirmó que el fallo busca dar estabilidad a los acuerdos preexistentes.

El eje central del fallo radica en la ratificación de los convenios colectivos de trabajo suscriptos por la entidad, garantizando la validez del CCT 130/75 y de todos sus acuerdos derivados.
Según detallaron desde el sindicato, esta decisión judicial es fundamental para “proteger las condiciones laborales y los beneficios” de los trabajadores mercantiles, los cuales regulan la actividad de millones de personas en todo el país. La Justicia decidió dar prioridad a la estabilidad de estos acuerdos frente a la intención de la nueva ley de flexibilizar parámetros del mercado de trabajo.
El impacto de la resolución se concentra exclusivamente en el gremio mercantil, sin alcanzar por el momento a otras ramas sindicales. La suspensión de estos artículos marca un antecedente relevante en la implementación de la normativa, ya que la Justicia decidió proteger la estructura de convenios que rige la actividad.





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