El nuevo tope para transferirse dinero entre cuentas propias en 2026

Conocé los nuevos montos permitidos por el organismo regultario de Argentina durante este año.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció nuevos límites para las transferencias entre cuentas propias, a partir de abril de 2026. Aunque no existe un monto máximo para mover dinero entre cuentas del mismo titular, los bancos y billeteras virtuales deben informar a ARCA cuando superen ciertos montos, ya sea para personas físicas o jurídicas.

Este control no prohíbe las transferencias, pero activa un sistema de reportes automáticos, que pueden derivar en pedidos de justificación sobre el origen de los fondos.

Cuánto dinero se puede transferir entre cuentas propias en abril 2026, según ARCA

ARCA fijó montos de referencia que, al ser superados, obligan a las entidades financieras a reportar los movimientos al organismo. Estos límites se aplican al total acumulado de ingresos y egresos en todas las cuentas durante el mes, no a una sola transferencia puntual.

Para personas físicas, el tope es de $50 millones mensuales. Si la suma de todas las transferencias entre cuentas propias supera este monto, el banco debe informar a ARCA los datos del titular, el número de cuenta, el CBU o CVU y los montos operados.

En el caso de personas jurídicas, el límite es de $30 millones mensuales. Al igual que con las personas físicas, el exceso de este monto activa un reporte automático.

iProfesional

Estos topes también se aplican a otros movimientos financieros, como:

  • Extracciones en efectivo: se informan desde $10 millones (tanto para personas físicas como jurídicas).
  • Saldos bancarios al cierre de mes: se reportan desde $50 millones (personas físicas) y $30 millones (personas jurídicas).
  • Transferencias en billeteras virtuales: los mismos límites que para cuentas bancarias.
  • Plazos fijos: se informan desde $100 millones (personas físicas) y $30 millones (personas jurídicas).

Qué pasa si se superan los montos definidos por ARCA

Superar los límites establecidos por ARCA no implica una sanción automática, pero puede activar un proceso de análisis más profundo por parte del organismo. En estos casos, el contribuyente podría recibir un pedido de información para justificar el origen de los fondos.

El problema más común no es el monto en sí, sino la falta de respaldo documental. ARCA puede exigir comprobantes que expliquen el origen del dinero, como declaraciones juradas, facturas, contratos o cualquier documentación que respalde la operatoria. Si el contribuyente no puede justificar los movimientos, el organismo puede iniciar un proceso de fiscalización que, en casos extremos, deriva en bloqueos temporales de cuentas o reportes a la Unidad de Información Financiera (UIF).

Es importante destacar que el control no se aplica a transferencias puntuales, sino al total mensual acumulado. Por ejemplo, si una persona realiza múltiples transferencias entre sus cuentas que, en conjunto, superan los $50 millones, el banco deberá reportarlo, aunque cada movimiento individual sea menor.

Depositphotos

La clave para evitar problemas es mantener un respaldo documental que justifique el origen de los fondos, especialmente en operaciones de alto monto. Si se superan los límites, lo más probable es que ARCA solicite información adicional.

Documentación respaldatoria: qué hacer si se supera el límite

Si tus movimientos mensuales exceden los $50.000.000, es fundamental contar con la documentación que acredite el origen lícito de los fondos.

Entre los comprobantes más comunes que la ARCA (ex AFIP) puede solicitar se encuentran los recibos de sueldo, facturas emitidas en el caso de monotributistas o responsables inscriptos, certificados de venta de bienes (como inmuebles o vehículos) y boletos de compraventa de activos financieros. Tener estos papeles al día permite resolver cualquier requerimiento de información de manera ágil y sin complicaciones legales.

Es importante recordar que el reporte automático no implica una sanción inmediata, sino una alerta en el sistema de control del fisco. La entidad financiera o la billetera virtual podría contactarte para solicitar que adjuntes dicha documentación a través de sus plataformas digitales.

En caso de no poder justificar el origen del dinero, el organismo queda facultado para iniciar procesos de fiscalización más profundos o, en instancias preventivas, las entidades bancarias podrían proceder al bloqueo temporal de las cuentas involucradas hasta que se regularice la situación.

Deja un comentario