El Gobierno reglamentó el RIMI con beneficios fiscales y de acceso para pymes que inviertan en producción, tecnología y eficiencia energética. El esquema estará vigente por dos años y fija requisitos clave para acceder a la devolución de IVA y otros incentivos.
El Gobierno reglamentó el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) mediante el decreto 242/2026, con el objetivo de dinamizar el desarrollo productivo y estimular proyectos de escala media en distintos sectores de la economía.
La iniciativa apunta a fortalecer las cadenas de valor, impulsar exportaciones y sostener el crecimiento, con impacto directo en la generación de empleo. El esquema estará vigente por dos años y busca atraer tanto a empresas locales como extranjeras.
En ese marco, la reglamentación fija condiciones concretas de acceso y delimita qué tipo de inversiones podrán beneficiarse, con un foco claro en proyectos productivos y en la mejora de la competitividad del entramado pyme.
Las principales novedades del esquema:
Alcance y requisitos de ingreso
El régimen está dirigido a micro, pequeñas y medianas empresas (hasta Tramo 2) y también a entidades sin fines de lucro registradas ante ARCA. Como condición, deberán contar con certificado MiPyME vigente al inicio del ejercicio fiscal en el que se concrete la inversión y no registrar deudas firmes, exigibles e impagas.
Qué inversiones están incluidas (y cuáles no)
Solo se admitirán inversiones nuevas destinadas a la producción. El universo abarca bienes de capital, infraestructura, tecnología, equipamiento informático, sistemas de riego, mallas antigranizo y animales de genética superior. También se incluyen proyectos de eficiencia energética y energías renovables.
Quedan excluidos los automóviles y las inversiones financieras o de portafolio sin impacto productivo.
Condiciones sobre obras y bienes
En el caso de infraestructura, solo podrán incorporarse proyectos con menos del 30% de avance al momento de entrada en vigencia del régimen. Además, todos los bienes deberán ser amortizables en el Impuesto a las Ganancias y estar afectados a actividades productivas.
Montos, plazos y ejecución
El régimen tendrá una vigencia de dos años. El monto mínimo de inversión se calculará sobre el total de las inversiones elegibles realizadas en ese período, tomando como referencia el tipo de cambio comprador del Banco Nación. El acceso a los beneficios estará atado a que las inversiones se encuentren efectivamente en marcha y cumplan con los montos requeridos.
Beneficios fiscales y cupos
El esquema contempla incentivos fiscales, entre ellos la devolución de IVA, aunque con un cupo anual limitado a hasta el 50% del total asignado.
El RIMI busca posicionarse como una herramienta para acelerar inversiones de escala media, con foco en producción, eficiencia energética y fortalecimiento de las cadenas de valor, en un intento por apuntalar la actividad y el empleo en el segmento pyme.





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