Las instituciones financieras tienen la obligación de informar a la AFIP acerca de todos los gastos generados mediante el uso de la tarjeta de débito
Durante la última semana, la cantidad de operaciones realizadas con las tarjetas de débito está registrando una mejoría debido al beneficio que el Gobierno brinda con la devolución del IVA a las compras que se efectúen con dicho método de pago. En este contexto, según información del Gobierno, ya hay 10,7 millones de personas que obtuvieron la devolución del IVA del 21%en las compras con tarjetas de débito.
Es que más del 90% de los argentinos utiliza al menos un método de pago no efectivo, que incluye la tarjeta de débito, tarjeta de crédito o billetera virtual.
De estos tres métodos, la tarjeta de débito es la más ampliamente adoptada, siendo utilizada por el 73% de los argentinos, según una encuesta realizada por la consultora Kantar el mes pasado. Las billeteras digitales son preferidas por el 60%, superando incluso a las tarjetas de crédito, que son empleadas por el 50% de la población.
Es importante destacar que, a pesar de que algunos comercios han mostrado resistencia al uso de tarjetas de débito como medio de pago, esta práctica es obligatoria en el sector comercial. Además, está prohibido que cobren un cargo adicional por su uso.
La tarjeta de débito se considera equivalente al efectivo y no debe generarte ningún costo adicional al realizar compras de bienes o pagar servicios, siempre que el monto de la transacción supere los $100.
AFIP controla cuánta plata gastás con la tarjeta de débito
El amplio uso que tiene la tarjeta de débito hace que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lleve adelante una serie de medidas para regular y controlar las transacciones realizadas con la misma.
La AFIP también duplicó el monto de reintegro del 15% para compras realizadas con tarjeta de débito
Mediante la Resolución General 5348/2023, la AFIP elevó hace varios meses el monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben reportar los gastos acumulados durante un mes con tarjetas de débito.
Anteriormente, este monto era de $30.000, pero con el último incremento se fue a $120.000. Esto implica que las instituciones financieras deben suministrar información detallada sobre los gastos efectuados con tarjetas de débito cuando los montos acumulados alcancen o superen los $120,000 al mes en cada cuenta. Incluso si este umbral es rebasado en tan solo una cuenta, la entidad financiera está obligada a notificarlo a la AFIP.
Esta medida tiene como objetivo mejorar la administración tributaria y facilitar el control de las operaciones realizadas con este medio de pago. Con esta actualización, los bancos podrán agilizar las operaciones y recibirán información automática y permanente sobre las acreditaciones mensuales, extracciones, saldos de cuentas, depósitos a plazo y consumos con tarjetas.
Adicionalmente, la AFIP también duplicó el monto de reintegro del 15% para compras realizadas con tarjeta de débito y extendió el beneficio hasta el 31 de diciembre de 2023. Este beneficio se aplica a jubilados, pensionados que perciban el haber mínimo y a los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación Universal por Embarazo (AUE). Los nuevos valores de reintegro son de un tope mensual de $4.056 por beneficiario y de $8.114 para aquellos que perciban dos o más beneficios, y comenzaron a regir desde el 1 de julio de 2023.