Dólar futuro: sobreseimiento definitivo de Cristina Kirchner y Axel Kicillof

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La Cámara de Casación Penal rechazó un recurso de la fiscalía para que los sobreseimientos sean revisados por la Corte Suprema.

@CFKArgentina  

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Los jueces de la Sala I de Casación declararon inadmisible el recurso extraordinario interpuesto por el fiscal Raúl Plee para que la Corte Suprema revise el sobreseimiento de Cristina Kirchner, Axel Kicillof y otros imputados en la causa judicial dólar futuro.

En abril de 2021 Casación consideró que no había delito por parte de las personas imputadas y dictó los sobreseimientos de la Vicepresidenta y otros, y este miércoles se confirmó ese fallo, informó Vanesa Petrillo.

Según informó Télam, el planteo del fiscal Pleé era revertir los sobreseimientos de los acusados en la causa por supuestas irregularidades en la compra-venta de dólar futuro para luego reabrir el expediente y llevar el caso a un juicio oral y público.

Pero los jueces ratificaron los sobreseimientos de Cristina Kirchner y de Axel Kicillof, además del extitular del Banco Central (BCRA), Alejandro Vanoli, y al actual titular de la entidad, Miguel Pesce, entre otros.

El motivo fue que «la parte recurrente ha basado su impugnación en la reedición de agravios que han tenido adecuada respuesta y que consisten en meros juicios discrepantes con el criterio adoptado, lo que no implica de suyo acreditar relación directa e inmediata entre la materia del pleito y la cuestión federal que invoca».

Los jueces Ana María Figueroa, Diego Barroetaveña y Daniel Petrone sostuvieron que «el impugnante no ha introducido argumentos novedosos que puedan conmover los fundamentos desarrollados por esta Sala, que permitan la habilitación de la instancia extraordinaria», por lo que a la fiscalía ahora sólo le queda el intento de ir en queja a la Corte Suprema.

El 13 de abril pasado los jueces de la sala I del máximo tribunal penal sobreseyeron a todos los acusados del caso porque entendieron que la conducta reprochada a los imputados es atípica, por lo que debían ser sobreseídos por «inexistencia de delito».

El eje del fallo compuesto de dos votos (uno de los jueces Barroetaveña y Petrone y otro de Figueroa) pasó por el informe pericial contable realizado por orden del Tribunal Oral Federal (TOF) 1 que determinó que en la operatoria de contratos de dólar futuro durante el final del gobierno de Fernández de Kirchner no hubo perjuicio a las arcas del Estado ni se violó ninguna norma.

Se trató de una medida de prueba que el fallecido juez Claudio Bonadio no quiso hacer durante toda la instrucción del caso.