El Presidente habilitó a Cuneo Libarona a avanzar con la reforma procesal penal sin pasar por el Congreso

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El Presidente habilitó a Cuneo Libarona a avanzar con la reforma procesal penal sin pasar por el Congreso

A través de un nuevo DNU que enfatiza la “urgencia” del tema, Milei amplió las facultades del ministro de Justicia para que intervenga en la modificación del reglamento penal, sin el debate parlamentario.

Con un nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) el presiente Javier Milei, autorizó al ministro de Justica de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, a avanzar con la reforma del Código Procesal Penal, sin tener que pasar por el Congreso, como era hasta ahora.

Lo que implica mayores atribuciones para el funcionario que será el encargado de llevar adelante la modificación del reglamento penal sin el debate y la mirada del Parlamento, ni de la colaboración civil. Justificándose en que “los resultados obtenidos hasta el momento son insuficientes”.

“La postergación indefinida de la entrada en vigencia del referido ‘Código Procesal Penal (T.O. 2019)’ impide hacer efectivo el proceso de reforma judicial iniciado hace casi una década y trae graves consecuencias que impactan negativamente en la modernización, la eficiencia y el correcto desempeño de los órganos de justicia del Estado Nacional”, sostiene el documento firmado por el mandatario nacional.

Javier Milei, presidente de la Nación

A lo que agrega: “La falta de definiciones respecto del cronograma de implementación prolonga una situación anómala”, por lo que considera que la urgencia del caso lleva a este tipo de medidas extremas.

La gravedad institucional de la situación imperante justifica redefinir las funciones asignadas oportunamente a la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal que, en lo sucesivo, velará por la armonía y unificación de las propuestas de modificaciones a la legislación relacionada a la reforma procesal penal federal, tal como lo establece el artículo 7° de la Ley Nº 27.063 y sus modificatorias”, refiere el texto oficial.

En ese sentido, detalla: “Así el Poder Ejecutivo Nacional, por medio del ministerio de Justicia, asumirá las competencias y funciones de implementación del Código Procesal Penal Federal (T.O. 2019), acordadas a la misma, previstas en los artículos 2° y 3° de la Ley Nº 27.150 y sus modificatorias”.

Con este decreto Milei, habilita a la cartera que conduce el reconocido abogado a implementar la reestructuración del Código Procesal Penal Federal y su aplicación, en reemplazo de la Comisión Bicameral creada para tal fin en el Congreso de la Nación.

Para ello el ministerio de Justicia readecuará nuevas “propuestas de readecuación edilicia, recursos y de personal en razón de los requerimientos del proceso de implementación del Código, al igual que los programas de capacitación de los operadores de la medida”, indica el DNU.

Además, creará un “consejo asesor” que estará integrado por representantes del Consejo de la Magistratura, de los Colegios de abogados, de los magistrados del Poder Judicial de la Nación, del Ministerio Público Fiscal, del Ministerio Público de la Defensa y de las organizaciones de la sociedad civil y gremiales vinculadas a la Justicia.