Casación ordenó reducir la fianza de Lázaro Báez, que la defensa consideró “impagable”

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El máximo tribunal penal ordenó al TOF 4 que reduzca el monto establecido de $632,5 millones de pesos a $386,5 millones, La Cámara Federal de Casación Penal emitió un fallo durante el transcurso de este martes en el que hizo lugar a un planteo de Lázaro Báez y le pidió al Tribunal Oral Federal 4 que reduzca la fianza impuesta al detenido. De esta manera, el monto establecido al día de hoy de $632,5 millones de pesos deberá reducirse a $386,5 millones.

El máximo tribunal penal federal del país dispuso que el TOF 4 dicte una nueva resolución “con la debida celeridad”. La defensa de Báez consideró que la fianza vigente, de 632,5 millones, era “imposible de pagar“.

Los camaristas Mariano Borinsky y Javier Carbajo hicieron lugar al recurso de la defensa del dueño de Austral Construcciones y revocaron la caución fijada por “arbitraria“. Por su parte, el otro miembro de la Sala IV, Gustavo Hornos, no intervino en el fallo.

Quien solicitó que la caución fuese del equivalente a 5,5 millones de dólares fue el fiscal Abel Córdoba, lo que concluyó en el monto fijado por el TOF 4. Sin embargo, se generaron ciertos desencuentros con la conversión de la divisa a la moneda argentina. El tribunal tuvo en cuenta la cotización de un dólar informal y el fiscal dijo que debía aplicarse la cotización del dólar oficial. Para Córdoba, la caución debía fijarse en 386,5 millones de pesos.

El TOF 4 no había accedido a bajar el monto y, en contra de lo afirmado por el fiscal, dijo entonces: “Habremos de expresar que en la actual vida económica de nuestro país no existe una única conversión del peso argentino con relación a la moneda estadounidense y como ejemplo de ello podemos mencionar al dólar oficial, dólar minorista, dólar Banco Nación, dólar BCRA, dólar mayorista o intercambiario, dólar financiero, dólar MEP o dólar Bolsa, dólar turista o tarjeta, entre otros, como así también que al momento de fijarse el monto finalmente establecido lo fue estrictamente de acuerdo a lo peticionado oportunamente por el acusador público, al expresar que al fijar el monto de la caución real deberá ser ‘el equivalente en pesos a 5.500.000 de dólares’”.

La Casación consideró que, con las actuales normas vigentes, no se puede ir más allá de lo pedido por el fiscal en contra de los intereses del acusado. Por eso, anuló el fallo del tribunal y le ordenó dictar uno nuevo.