4 DE Septiembre 2019 – 18:51 Ahora el máximo tribunal deberá decidir si acepta el reclamo y recién después si eventualmente ratifica o anula la eliminación del IVA a la canasta básica de alimentos y el aumento del mínimo no imponible para Ganancias.
La procuradora fiscal Laura Monti opinó
que las demandas de las provincias contra las recientes medidas
económicas sobre los impuestos a las Ganancias y al Valor Agregado (IVA)
deben ser tramitadas directamente por la Corte Suprema de Justicia de
la Nación.
El caso que trascendió es el vinculado a la demanda de
Santiago de Estero, pero fuentes de la Procuración General de la Nación
(PGN) dijeron que hubo “dictámenes similares” en los casos de Entre
Ríos, Catamarca, Salta, Tierra del Fuego, La Rioja, Chubut, Santa Fe,
San Juan y Santa Cruz.
Días atrás, la PGN se había expedido en
similares términos con relación a las presentaciones efectuadas por
Neuquén y Río Negro.
Las provincias impugnaron, por
inconstitucionales, los decretos 561/19 567/19 del Poder Ejecutivo
Nacional y las Resoluciones Generales de Administración Federal de
Ingresos Públicos (AFIP) 4.546 /19 y 4.547/19, y pidieron a la Corte que
declarara su nulidad.
Las demandantes sostuvieron que las
medidas dictadas por el gobierno les causan perjuicios económicos y
afectan su política fiscal y financiera.
En casi todos los casos,
solicitaron, además, medidas cautelares, que suspendan la aplicación de
las normas del Ejecutivo nacional.
Monti recordó que el Código
Civil y el Comercial de la Nación establece que para entender en el
trámite de las “medidas cautelares”, es juez competente el mismo que
deba tramitar el proceso “principal”.
Agregó, en tal sentido,
que, “en atención a las partes que han de intervenir en el pleito, la
causa corresponde a la competencia originaria de la Corte”.
La
fuente consultado dijo que los expedientes, con sus respectivos
dictamen, “ya fueron remitidos a la Corte”, para que el máximo tribunal
prosiga el trámite.