lunes, mayo 6

Confirmado: desde el 1° de marzo rige el nuevo índice de movilidad jubilatoria

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Regirá incrementos para las prestaciones de ANSES, como la Asignación Universal por Hijo (AUH), además de jubilaciones y pensiones, entre otras

Novedades importantes en materia económica: el Ministerio de Trabajo estableció que el nuevo índice de movilidad jubilatoria comenzará a aplicarse oficialmente desde el 1° de marzo próximo.

De acuerdo a la Resolución 3/2021, publicada en el Boletín Oficial, las disposiciones contenidas en la Ley Nº 27.609 serán de aplicación para todas las prestaciones previsionales a cargo de la ANSeS, otorgadas en virtud de la Ley N° 24.241, de regímenes nacionales generales anteriores a esa norma, de regímenes especiales derogados, o de las ex cajas o institutos provinciales y municipales de previsión transferidas a la Nación.

La fórmula que entra en vigencia este año está ligada, por un lado, a la evolución de los salarios formales del sector privado, que ponderará 50% en el índice de movilidad.

De ahora en más, se seguirán el índice de variación salarial (CVS) que mide de manera mensual el Indec y la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), que elabora el Ministerio de Trabajo. De ambas variaciones se tomará el que fuese mayor.

Vale recordar que para el incremento de marzo, se tendrá en cuenta la variación salarial que operó entre septiembre y diciembre últimos. Algunos cálculos privados indicaban que, en el último cuatrimestre de 2020, los salarios sumaron en torno al 6,2%.

La otra mitad de la movilidad estará marcada por la recaudación de la Anses. Para el incremento de marzo, se tomarán los datos de octubre a diciembre.