jueves, mayo 16

El Gobierno oficializó el decreto que pesifica la deuda de los organismos públicos

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El DNU se publicó en el Boletín Oficial. El mercado reaccionó después de conocer la medida: los bonos en moneda extranjera cayeron y los dólares paralelos se mantuvieron estables al cierre de la jornada financiera

Después de una jornada cargada de tensión en el mercado por la nueva medida que anunció el equipo económico, el Gobierno oficializó el decreto que obliga a los organismos públicos a vender sus bonos en dólares para quedarse con títulos en pesos.

Según el decreto de necesidad y urgencia 164, la medida se aplicará a todo el sector público nacional, que “deberán proceder a la venta o subasta de sus tenencias de los títulos públicos nacionales denominados y pagaderos en dólares estadounidenses”.

Según el Gobierno, la medida permitirá quela deuda pública bajo ley extranjera se reduzca inicialmente en unos US$4000 millones. En concreto, el Tesoro obligará todos los organismos públicos –como el Fondo de Garantía de Sustentabilidad de la ANSES– a canjear su deuda soberana en dólares.

Según el decreto, la medida se aplicará a todo el sector público nacional. (Foto: NA)
Según el decreto, la medida se aplicará a todo el sector público nacional. (Foto: NA)

En los considerandos de la norma, se asegura que “es menester profundizar las medidas orientadas a consolidar el sendero de nuestra economía a través del fortalecimiento del orden macroeconómico”. Además, el texto dispone “que resulta necesario reforzar el mejoramiento general de expectativas mediante políticas que nos permitan aportar mayor certidumbre cambiaria y financiera en el corto y el mediano plazo”.

El DNU lleva la firma del presidente Alberto Fernández yde todos los ministros que conforman el gabinete nacional. Rige desde este

La publicación de Gabriel Rubinstein en las redes. (Foto: Twitter / @GabyRubinstein)
La publicación de Gabriel Rubinstein en las redes. (Foto: Twitter / @GabyRubinstein)

“Hoy comenzamos a darle profundidad al mercado de bonos en dólares ley local, empezando con la compra de tenencias de bonos globales de entes públicos, que permitirán bajar la deuda pública ley extranjera (globales), en unos US$44.000 millones inicialmente”, expresó esta tarde el viceministro Gabriel Rubinstein en Twitter.

“El Estado, sin usar reservas del BCRA, seguirá rescatando y deslistando bonos globales, reduciendo deuda externa. Por otra parte, se irán liberando restricciones que hoy tienen los inversores para comprar Bonos AL y esta nueva demanda será abastecida por el MECON y BCRA, en coordinación con los actores del mercado”, continuó.

Qué bonos deberán vender los organismos públicos

Según había informado el gobierno, son más de 130 organismos del sector público nacional obligados a vender sus tenencias de los títulos de la deuda soberana en dólares.

En los anexos del DNU 164 se establece cuáles son los bonos que deberán vender o subastar los organismos públicos. En el anexo 1, se listan los títulos que son bajo ley argentina:

  • AL29
  • AL30
  • AL35
  • AE38
  • AL41.

La venta o subasta “serán llevadas a cabo por la entidad que determine el Ministerio de Economía bajo los términos y condiciones que este disponga, por cuenta y orden de los organismos antes referidos”.

En el anexo 2, se listan los bonos de deuda soberana bajo legislación extranjera que los organismos públicos deberán vender. Esos bonos son:

  • GD29
  • GD30
  • GD35
  • GD38
  • GD41
  • GD46.

Estos bonos son los que deberán ser entregados en canje al Tesoro nacional por los títulos públicos en pesos, establece el artículo 3 del decreto 164.

En el anexo 3 del DNU se informan las condiciones del “BONO DE LA NACIÓN ARGENTINA EN MONEDA DUAL VENCIMIENTO 2036″, que será emitido para el canje con los títulos en dólares. Se trata de un bono bajo ley local, a 13 años, con una tasa implícita del 8% anual-

“Las jurisdicciones, entidades y fondos del sector público nacional deberán suscribir títulos públicos nacionales pagaderos en pesos a ser emitidos por el Tesoro nacional por un importe efectivo equivalente al 70% del producido que reciban por las operaciones de venta de sus tenencias de títulos públicos denominados y pagaderos en dólares estadounidenses”, sostiene el decreto.

Y establece que “el remanente del producido (por la venta o subasta de los bonos de la deuda en dólares” deberá ser utilizado en gastos, inversiones y/o aplicaciones financieras dentro de los objetivos, metas y actividades de cada organismo en el transcurso del ejercicio presupuestario 2023, incluyendo la financiación de inversiones productivas y créditos que motoricen el consumo interno]”.

El DNU 164 que obliga al sector público a vender títulos de la deuda en dólares