La Libertad Avanza pidió que la justicia electoral suspenda la prórroga de la jubilación anticipada

0
68

El partido libertario planteó una medida cautelar ante la jueza Servini para suspender la medida del “plan platita” anunciada por el ministro y candidato oficialista, Sergio Massa, argumentando que constituye un acto de campaña prohibido por la ley.

La Libertad Avanza presentó una solicitud ante la jueza federal María Servini para suspender los efectos del decreto anunciado por el ministro de Economía y candidato oficialista, Sergio Massa, como parte del “plan platita”. Esta medida prorroga por dos años la posibilidad de acceder a una jubilación anticipada para personas con 30 años de aportes que se encuentren desempleadas desde mediados de año.

El abogado Francisco Oneto, representante de Javier Milei, patrocinó la presentación argumentando que este decreto constituye un acto de gobierno prohibido durante la campaña electoral. Además, destacó que esta no es una prórroga de un beneficio existente, sino la creación de un nuevo plan en un momento en el que están prohibidos los actos de gobierno de este tipo.

De esta manera, Oneto solicitó que el tribunal ordene que la medida no se aplique hasta después de las elecciones, debido a que “de manera manifiesta, lleva ínsito la finalidad de limitar, interferir, influenciar, captar indebidamente, condicionar y/o menoscabar el derecho político fundamental de sufragio en absoluta libertad”, lo que es una infracción al Código Electoral.

“El programa intenta asignar jubilaciones anticipadas a 17 días del acto electoral, importando un acto de proselitismo político inadmisible por las mismas normas del Código Electoral, ya que la libertad para emitir el voto debe ser el bien jurídico protegido”, señaló el abogado del libertario, que además señaló que la medida podría haberse tomado luego de las elecciones o antes de la campaña.

El decreto anunciado por Massa extiende por dos años el mecanismo que permite acceder a la jubilación anticipada sin haber completado los años de aportes o la edad mínima requerida. Para calificar, es necesario haber cumplido 60 años en el caso de hombres y 55 en el de mujeres, contar con 30 años de aportes y estar desempleado al 30 de junio pasado.

Esta modalidad de jubilación anticipada es incompatible con el trabajo en relación de dependencia o como autónomo, así como con otros planes sociales o beneficios previsionales.

En los considerandos del decreto se menciona que, en los últimos años, alrededor de 23,000 personas han accedido a este beneficio al haber cumplido con los años de aportes, pero sin alcanzar la edad mínima de jubilación y encontrarse desempleadas.