viernes, septiembre 6

Monotributo social: 5 claves del nuevo régimen de inclusión y promoción del trabajo independiente

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Las modificaciones del monotributo social se pusieron en marcha este viernes a través de la resolución 5415/2023 publicada en el Boletín Oficial. ¿Qué cambios se introdujeron?

Los trabajadores independientes estarán exceptuados de efectuar los pagos cuando desarrollen actividades agropecuarias.
Los trabajadores independientes estarán exceptuados de efectuar los pagos cuando desarrollen actividades agropecuarias.

El Gobierno realizó modificaciones este viernes en el monotributo social, que tiene como objetivo promover la inserción de trabajadores independientes en la economía formal y el acceso a la igualdad de oportunidades.

Qué es el monotributo social

Este régimen tributario permite a los trabajadores precarizados inscribirse como contribuyentes y tienen así la posibilidad de emitir facturas, acceder a las prestaciones de las obras sociales del sistema nacional de salud e ingresar al sistema previsional. Además, es una alternativa compatible con AUH y jubilación. Informate más

Tras las modificaciones que se introdujeron el pasado martes 5 de septiembre, este viernes el Gobierno realizó cambios más profundos para beneficiar a los contribuyentes.

Cuáles son los cambios que se introdujeron al monotributo social

  • El importe de la cuota de inclusión social se reduce del 2,5% al 1% del monto total de las operaciones facturadas o el 25% del aporte mensual con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), el que resultare menor, durante los primeros 36 meses de adhesión al régimen.
  • Los trabajadores independientes estarán exceptuados de efectuar los pagos cuando desarrollen actividades agropecuarias o se trate de asociados a cooperativas de trabajo.
  • Los trabajadores independientes que hubieran optado por su incorporación al Sistema Nacional del Seguro de Salud, deberán ingresar las cotizaciones con destino a dicho sistema mediante la utilización de la credencial para el pago.
  • Los pequeños contribuyentes adheridos en la categoría B del Régimen Simplificado (RS) que reúnan las condiciones aplicables del Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente podrán optar por ingresar.
  • El plazo para el pago de las cotizaciones previstas se difiere hasta el 20 de febrero, inclusive, inmediato siguiente al de la finalización de cada año calendario.

A su vez, la resolución 5415/2023 que introduce las modificaciones, precisó que será el Ministerio de Desarrollo Social el que financiará «la diferencia de la cotización previsional destinada al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) para los trabajadores independientes promovidos que, a su vez, se encuentren inscriptos en el Registro Nacional de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular (RENATEP)».

Estas modificaciones tienen por objetivo facilitar el ingreso y mantenimiento en la economía formal de los trabajadores independientes promovidos, reduciendo sus cargas obligatorias y generando mayor acceso a beneficios de la seguridad social.