AFIP Reglamenta el Blanqueo de Activos: Todo lo que Necesitas Sabe

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La AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) reglamentó el Régimen de Regularización de Activos, conocido como blanqueo, mediante la Resolución General Nº 5528 publicada en el Boletín Oficial. Este régimen permite a los residentes y a los argentinos que han mudado su residencia fiscal a otro país regularizar sus activos. La adhesión al régimen estará disponible desde el 18 de julio de 2024 hasta el 31 de marzo de 2025.

Fases y Alícuotas

El régimen consta de tres etapas, cada una con una alícuota distinta para los activos que superen los USD 100,000:

  1. Etapa 1: Hasta el 30 de septiembre de 2024, con una alícuota del 5%.
  2. Etapa 2: Hasta el 31 de diciembre de 2024, con una alícuota del 10%.
  3. Etapa 3: Hasta el 31 de marzo de 2025, con una alícuota del 15%.

Procedimiento

El proceso de adhesión se realiza en dos pasos:

  1. Manifestación de Adhesión: El contribuyente deberá manifestar su adhesión antes de la fecha límite de cada etapa y abonar el 75% del impuesto correspondiente si aplica.
  2. Declaración Jurada: Posteriormente, el contribuyente deberá presentar la declaración jurada (formulario F. 3321) con el detalle de los bienes a regularizar y abonar el 25% restante del impuesto.

Las fechas de disponibilidad de los formularios de declaración jurada son:

  • Etapa 1: 7 de octubre de 2024.
  • Etapa 2: 2 de enero de 2025.
  • Etapa 3: 1 de abril de 2025.

Beneficios del Régimen

  1. Regularización sin Costo: Los activos regularizados y mantenidos en el sistema financiero hasta el 31 de diciembre de 2025 no pagarán impuestos.
  2. Límite de USD 100,000: Bienes o tenencias hasta USD 100,000 están exentos del pago de impuestos.
  3. Adelanto de Bienes Personales: Posibilidad de adelantar el pago del impuesto a los bienes personales de 2023 a 2027 con una alícuota de 0.45% anual, lo que exime de presentar la declaración jurada hasta 2028.
  4. Cuenta Especial de Regularización: El dinero en efectivo debe depositarse en una Cuenta Especial de Regularización de Activos para evitar impuestos.

Requisitos y Exclusiones

Los bienes a regularizar deben haber sido poseídos al 31 de diciembre de 2023 y estar debidamente documentados. La norma prevé que, si se detectan bienes no exteriorizados, el contribuyente perderá los beneficios del blanqueo para esos bienes específicos.

Otros Beneficios

  • Última Oportunidad hasta 2038: No se podrá acceder a otros regímenes similares hasta el 31 de diciembre de 2038.
  • Exoneración de Acciones Legales: Se libera de acciones civiles y penales por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros e infracciones administrativas.
  • Contribuyentes Cumplidores: Reducción de 0.5% en la alícuota del impuesto sobre los bienes personales para los períodos 2023, 2024 y 2025 para quienes hayan cumplido con sus obligaciones en 2020, 2021 y 2022.

Procedimiento para la Adhesión

La adhesión al blanqueo debe realizarse a través del servicio «Portal Régimen de Regularización de Activos Ley N° 27.743» en la página web de la AFIP, utilizando el formulario F. 3320 para la adhesión y el formulario F. 3321 para la declaración jurada.