Ante la falta de una nueva ley, prorrogan el vencimiento del monotributo

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El último día para hacer el pago iba a ser el viernes 25, pero se pasó a mediados de julio A tan solo dos días de la fecha que se había establecido para el vencimiento de la obligación de este mes, la AFIP decidió posponer para mediados de julio la fecha tope para el pago en término de la cuota de junio del monotributo. 

La definición tiene que ver con la falta de aprobación de un proyecto de ley por parte del Congreso que de marcha atrás con el incremento de 35,3% de los aportes mensuales, correspondiente al período extendido entre enero de este año y el mes actual.

Esa suba de los importes, tanto por el componente impositivo como por los aportes a la obra social y a la jubilación, se hizo efectiva como consecuencia de otra ley, la 27.618, que fue aprobada en abril por el Poder Legislativo y reglamentada el último día de mayo por la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont. Allí se estableció una actualización de la tabla del monotributo para todo 2021, según el porcentaje de recomposición que tuvo el haber mínimo jubilatorio de la Anses en 2020 (se fijó eso en forma tardía y como mecanismo de excepción, porque el año pasado estuvo suspendida la fórmula de movilidad previsional, cuyo índice acumulado en un año es la referencia para el reajuste automático del monotributo).

Las quejas de los contribuyentes llevaron al Gobierno a volver atrás con el reajuste de los aportes del primer semestre del año (sí regirá la suba para los meses siguientes), que había llevado a determinar en muchos casos deudas de los monotributistas con el fisco.

El oficialismo presentó, entonces, otro proyecto de ley, que busca establecer que por las obligaciones de enero a junio se mantengan los mismos montos vigentes en 2020. La iniciativa presentada el 11 de junio tuvo dictamen en Diputados el jueves de la semana pasada y, por ahora, no hay fecha para su tratamiento en el recinto. Luego deberá pasar por el Senado.

Mientras tanto, a quienes pagaron sus cuotas en los últimos días se les cobró el monto actualizado según la última ley aprobada; es decir, el importe incrementado en un 35,3%. En esos casos, deberá compensarse luego la diferencia, que podrá variar en cuanto al monto según la categoría en la que queden ubicados. Hoy, desde el gabinete económico se informó que la AFIP “indicó a las entidades bancarias y tarjetas de crédito que no realicen los débitos automáticos de las cuentas” de quienes hagan los pagos mensuales bajo esa modalidad. Pero en muchos casos, la obligación estaba cumplida.