domingo, abril 28

Viajes,Netflix y Spotify:cuáles son los servicios alcanzados por el nuevo cepo al dólar

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El recargo del 10% sobre el 35% por adelanto a cuenta de Ganancias tendrá un impacto para los usuarios de distintas plataformas digitales así como también para los que tengan programados viajes al exterior

La nueva disposición del Gobierno Nacional que incrementa en 10 puntos (a 45%) el impuesto al dólar por percepción a cuenta de Ganancias entró en vigencia durante la madrugada del jueves y ya afecta a millones de personas que lleven a cabo gastos en moneda extranjera con tarjeta de crédito.

Las compras que se realicen en dólares perciben actualmente un gravamen del 75%, producto del nuevo recargo de 45 puntos porcentuales, sumados al 30% del impuesto PAIS. Esta nueva medida no alcanza a la adquisición de divisas a través del cupo de 200 dólares mensuales.

Sin embargo, son varios las operaciones que se encuentran afectadas por la nueva alícuota. En primera instancia, figuran aquellas de pago con tarjeta en dólares, incluidas las relacionadas con las extracciones o adelantos en efectivo efectuadas en el exterior.

En segundo lugar, aparecen las compras a través de portales o sitios virtuales, así como el pago de servicios prestados por sujetos no residentes en el país que se cancelen mediante tarjetas de crédito. Algunos ejemplos son Spotify, Netflix entre otros servicios de streaming.

En lo que respecta a la plataforma de películas y series, el plan Básico de $429 mensuales pasaría a costar con el nuevo impuesto alrededor de $703.56. En la misma línea, el plan Estándar, que actualmente tiene un costo de $799 mensuales, escalaría a $1310.36; mientras que el Premium, de $1.199 mensuales, avanzaría a $1966.36.

En la misma línea, Spotify aumentará sus precios en los distintos planes que ofrece: el individual de $279 ($457.56 con impuestos); el Duo, de $389 ($637.96 con impuestos); el Familiar, que cotiza a $489 ($801.96 con impuestos); y el plan de Estudiantes, a $199 ($326.36 con impuestos).

Por otro lado pago de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo -mayoristas y/o minoristas-, del país; y la adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país, en la medida en la que para la cancelación de la operación deba accederse al mercado cambiario.

Según un comunicado oficial, la AFIP decidió instrumentar “medidas tendientes a robustecer el frente fiscal a partir de la manifestación de capacidad contributiva de distintos sectores económicos”.

El valor del “dólar turista” aumentará de $222,98 (dólar oficial más 65%) a $236 (dólar oficial más 75%)
“La Resolución General 5232 adecua la alícuota de la percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para un conjunto de las operaciones en moneda extranjera alcanzadas por el Impuesto PAIS del 35% al 45%”, señaló el comunicado.

“La actualización alcanza al consumo de divisas para viajes y gastos en el exterior. La normativa excluye a las compras de moneda extranjera para atesoramiento que continuará en 35%. Las adecuaciones en la percepción entrarán en vigencia el 14 de julio”, agregó.